Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2014 (22/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Imperial, en Sesion Ordinaria de fecha 10 de Marzo del ano 2014, visto el Informe N° 081-2014-GTM-MDI de la Gerencia de Tributacion Municipal; Informe N° 106-2014/ OAJ-MDI de la Oficina de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que "Las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74º de la MORDAZA glosada establece que "Los tributos se crean, modifican o se establece una exoneracion, exclusivamente por Ley o Decreto Legislativo en caso de delegacion de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la Ley"; Que, el Articulo 41º del Decreto Supremo 135-1999EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, mediante Informe N° 081-2014-GTM-MDI de fecha 20 de Febrero del 2014, la Gerencia de Tributacion Municipal remite el Ante Proyecto de Ordenanza "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE IMPERIAL-CANETE" para las personas naturales y juridicas, incluyendo a los administrados que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion o en cobranza coactiva; beneficio que consiste en conceder por unica vez la exoneracion total de los intereses moratorios; Que, mediante el Informe N° 106-2014/OAJ-MDI de fecha 28 de Febrero del 2014, la Oficina de Asesoria Juridica opina que es procedente la aprobacion del presente proyecto de ordenanza; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en Numeral 8 y 9 del Articulo 9°, Articulo 39°, 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el 41º del D.S. 135-1999-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; en Sesion Ordinaria de fecha 10 de Marzo del ano 2014 luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo por Mayoria la siguiente:

El Peruano Sabado 22 de marzo de 2014

ORDENANZA "BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE IMPERIAL-CANETE" Articulo 1º.- OTORGAR el Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria en la Jurisdiccion del DISTRITO DE IMPERIAL-CANETE a las personas naturales y juridicas, incluyendo a los administrados que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion o en cobranza coactiva; beneficio que consiste en conceder por unica vez la exoneracion total de los intereses moratorios, en los terminos y condiciones siguientes: a) Condonacion del 100% del interes moratorio del total del Impuesto Predial, Arbitrios de limpieza publica y Serenazgo para los contribuyentes con deuda desde el ano 1998 hasta el ano 2013. b) El 100% del interes moratorio para los contribuyentes que mantienen deudas y se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion o en cobranza coactiva. c) Condonar el 50% de las Multas Administrativas. El presente plan de beneficios no suspende en modo alguno el inicio de la cobranza coactiva de las deudas vencidas ni la continuacion de los procesos que se hayan iniciado. En caso se MORDAZA iniciado el MORDAZA de cobranza coactiva, deberan cumplir previamente con el pago de las costas coactivas para que puedan acogerse a los beneficios tributarios; Los contribuyentes que se acojan al presente plan de beneficios tributarios no estaran exentos de cumplir con la obligacion formal de la MORDAZA de las declaraciones juradas respectivas del impuesto predial. Articulo 2º.- Los contribuyentes que tengan recursos impugnatorios en tramite, deberan acreditar el desistimiento respectivo, como requisito previo para acogerse al presente beneficio. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, hasta el proximo 31 de Marzo del 2014. De considerarse necesario su prorroga, este podria hacerse efectivo mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Tributacion Municipal y a las Sub Gerencia de Recaudacion y Control Tributario y Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la municipalidad. www.muniimperial.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. EDDY MORDAZA DEL MAZO MORDAZA MORDAZA 1064490-2

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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