TEXTO PAGINA: 51
El Peruano Sábado 22 de marzo de 2014 519389 participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, en el Art. 5º se establece, que la voluntad de constituir una mancomunidad y su Estatuto se aprueban por Ordenanza Municipal de las Municipalidades interviniente, sustentadas en los informes técnicos que den viabilidad a su creación; Que, del Art. 11 del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, se ha establecido el procedimiento para la constitución de las mancomunidades municipales, se señala que la Ordenanza Municipal aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal con la ratifi cación del contenido del Acta de Constitución, su Estatuto y la designación del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, estando al Acta de Constitución de la Mancomunidad Municipal Distrital compuesto por los Distritos de Cerro Azul, San Luís, San Vicente, Imperial, Quilmanà y Nuevo Imperial de fecha 18 de Setiembre del 2012, se acordó constituir la Mancomunidad Municipal Distrital antes referido y entre ellas otros Acuerdos como convocar a Sesión de Concejo Municipal, en cada una de las Municipalidades Participantes, para la aprobación de la Constitución de la Mancomunidad Municipal Distrital, mediante Ordenanza Municipal, ratifi cando el contenido de la presente Acta, su Estatuto y la designación del primer Presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, mediante Informe Nº 162-2013-O.P.P.R.-MDI, del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Distrital de Imperial, declaró la viabilidad para la constitución de la Mancomunidad Municipal de los Distrito de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San Vicente de Cañete; Que, mediante Informe Nº 515-2013/OAJ.-MDI, del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a su aprobación por el Concejo Municipal, estando a que se observa que las mismas respetan las normas establecidas en la Ley Nº 29029 y su Reglamento; Que, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, la Ley de Mancomunidad Municipal .Ley Nº 29029, modifi cada por la Ley Nº 29341, luego del Debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION, EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DISTRITAL INTEGRADA POR LOS DISTRITOS DE CERRO AZUL, SAN LUIS, SAN VICENTE, IMPERIAL, QUILMANÁ Y NUEVO IMPERIAL Artículo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por fi nalidad aprobar la Constitución de la Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luís y San Vicente de Cañete, según Acta de Constitución de fecha 18 de Setiembre del 2012, suscrita por los respectivos Alcaldes Distritales de las Municipalidades integradas. Artículo Segundo.- La Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luís y San Vicente de Cañete, tiene como: 1) FINES: a) Mejorar la calidad de servicios a los ciudadanos. b) Promover la participación ciudadana. c) Promover el desarrollo económico 2) OBJETO: a) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial. b) Fomento de la Inversión privada y promoción del empleo c) Promover la participación vecinal en el desarrollo local. d) Prestación del servicio de limpieza pública. e) Prestación del Servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe f) Plantas de tratamiento de residuos sólidos. g) Proyectos de parques temáticos, parques acuáticos e implementación de proyectos turísticos sostenibles. 3) OBJETIVOS: a) Promover y ejecutar proyectos de alcance interdistrital b) Procurar mejores niveles de efi ciencia y efi cacia en la gestión municipal para la prestación de servicios públicos locales (o servicios sociales locales) c) Gestionar recursos fi nancieros para la ejecución de proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y social. d) Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información. Artículo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San Vicente de Cañete, ratifi cando el contenido en el Acta de Constitución, el Estatuto que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San Vicente de Cañete, las cuales se detallan a continuación: a) Concertar con Instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensable para el desenvolvimiento de la vía del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación locales comunales y obras similares, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva. c) Facilitar y participar en los espacios de concentración y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. d) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. e) Administrar el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe. Artículo Quinto.- Ratifi car la designación del Sr CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo y del Sr. PEDRO JOSE CARLOS BUSTAMANTE SALAZAR, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución de fecha 18 de Setiembre del 2012. Artículo Sexto.- Encargar a Secretaria General la difusión y Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete. Artículo Sétimo.- La presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDY CÉSAR DEL MAZO TELLO Alcalde 1064490-1 Otorgan beneficio de regularización tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Imperial - Cañete ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2014-MDI Imperial, 11 de Marzo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL-CAÑETE