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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2014 (28/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Viernes 28 de marzo de 2014 519789 Artículo Sexto.- RECUPERACIÓN DE LA CONDICIÓN DEL ASEGURADO El contribuyente que pierda la condición de benefi ciario podrá recuperarla una vez que califi que nuevamente como Vecino Surcano Preferente, según la normativa vigente. Artículo Sétimo.- VIGENCIA La vigencia del Seguro de Asistencia para el VSP será durante el periodo del contrato vigente y hasta el término del contrato de 12 meses (01 año) que suscriba en el año 2014 la administración para la cobertura de este servicio. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- Elevar a rango de Ordenanza el Decreto de Alcaldía Nº 10-2012-MSS del 20.04.2012. Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercero.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del presente Decreto en el Portal Institucional y en el portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Atención al Ciudadano y Defensa del Consumidor a establecer formalmente las acciones orientadas a asegurar la concreción de los servicios señalados en la presente Ordenanza, así como la adecuada difusión del mismo de conformidad a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Quinto.- Disponer la publicación de la presente norma en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001- 2010-PCM/SGP-Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Sexto.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar prorrogas del plazo establecido en la presente Ordenanza y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento. Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1067623-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALGAYOC Aprueban la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2014-MDH Hualgayoc, 27 de febrero del 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Febrero del presente año, ha visto el Informe Nº 001-2014-MDH/AF, emitido por el Econ. Aníbal Medina Soto, Gerente de Administración y fi nanzas de esta Municipalidad, a través del cual presenta la propuesta de la Estructura organización de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del título preliminar de la Ley de Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece; que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía, Económica, Administrativa y Política en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 40º de la misma norma, las Ordenanzas son las Normas de carácter general de mayor Jerarquía en la Estructura Normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la Organización Interna; Que, el artículo 26º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la Administración Municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de Programación, Dirección, Ejecución, Supervisión, Control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la Legalidad, Economía, Transparencia, Simplicidad, Eficacia, Eficiencia, participación y Seguridad Ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444; Que, el artículo 28º de la misma Ley, señala que la Estructura Orgánica Municipal de la Municipalidad comprende en el ámbito Administrativo, a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoria Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; ella está de acuerdo a la disponibilidad Económica y los límites Presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada Gobierno Local; Que el decreto supremo Nº043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF, Por parte de las entidades de la Administración Pública. Que, la propuesta presentada por la Gerencia de Administración y Finanzas ha sido evaluada en coordinación con las áreas correspondientes, a fi n de crear la Estructura Organiza enmarcado en el Desarrollo Moderno y Efi ciente, haciendo competentes los sistemas de Gestión Municipal y Administrativas, bajo un principio permanente de cambio e innovación, para hacer realidad el Bienestar de la Comunidad; En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, con el voto Unánime de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura de acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALGAYOC Artículo Primero.- Aprobar la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, la misma que consta de 03 Órganos de Alta Dirección, 01 Órgano de Control, 06 Órganos Consultivos, de Coordinación, Participación y Concertación, 01 órgano de Defensa Judicial, 04 Órganos de Asesoría, 09 Órganos de Apoyo, y 19 Órganos de Línea, los cuales aparecen integrados en el Organigrama Estructural de esta Municipalidad. Artículo Segundo.- Aprobar el Nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- Derogar toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación tal como lo dispone el Art. 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de la Municipalidades. Artículo Quinto.- Los documentos aprobados en la presente Ordenanza Municipal, serán publicados en el diario de mayor circulación de la región y en la página Web de la Municipalidad Distrital De Hualgayoc. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. ISMAEL BECERRA PRADO Alcalde