Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2014 (30/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga las veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos 3.1 Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. 3.2 Los Gobiernos Regionales, a los treinta (30) dias de incorporados los recursos financieros para los Programas Presupuestales conforme al articulo 2 de la presente MORDAZA, remitiran a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, la asignacion presupuestal a Nivel de Centro de Costo de cada una de sus Unidades Ejecutoras de Salud o la que haga sus veces. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1068538-1

El Peruano MORDAZA 30 de marzo de 2014

garantizar en las universidades publicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, asi como alentar la aplicacion de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, segun lo establecido por el articulo 32 de la Ley, el CONEAU cuenta con un organo de direccion constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el MORDAZA de la evaluacion, acreditacion y certificacion; los mismos que seran propuestos por Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, por las universidades publicas, por las universidades privadas, por los gremios empresariales, por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, y por el Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN; quienes son designados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Educacion, previo MORDAZA de seleccion en su entidad de origen y por un periodo de tres (3) anos, renovables por tercios; Que, mediante Resolucion Suprema N° 019-2011-ED, se designo a los miembros del Directorio del CONEAU, integrado entre otros, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru; Que, con Oficio N° 988-2013-MINEDU/ COSUSINEACE-CONEAU, el Presidente (e) del CONEAU, remitio la carta N° 194-CDCP-2013 mediante la cual la Decana Presidenta del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, comunica que en Asamblea General Ordinaria del referido Consejo se aprobo, la eleccion de la senora MORDAZA MORDAZA Velasco Valderas como representante del referido Consejo Nacional ante el CONEAU, en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rojas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa; y, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru ante el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU. Articulo 2.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA VELASCO VALDERAS, como representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru ante el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, a fin de completar el periodo de la designacion realizada mediante Resolucion Suprema N° 019-2011-ED. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1068539-9

EDUCACION
Dan por concluida designacion y designan representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru ante el CONEAU
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2014-MINEDU MORDAZA, 29 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, en adelante la Ley, tiene por objeto normar los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa, define la participacion del Estado en ellos y regula el ambito, la organizacion y el funcionamiento del SINEACE, a que se refieren los articulos 14 y 16 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; Que, el articulo 29 de la Ley, establece que el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, es el organo operador del SINEACE, encargado de definir los criterios, indicadores y estandares de medicion para

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Cesion de Posicion Contractual del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 76
DECRETO SUPREMO Nº 010-2014-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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