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El Peruano Martes 6 de mayo de 2014 522380 Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1079601-7 Acreditan a la Municipalidad Metropolitana de Lima la transferencia de funciones descritas en el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de educación, deporte y recreación RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 025-2014-PCM/SD Lima, 4 de abril de 2014 VISTOS: El Informe № 002-2014-PCM-SD/OMC que eleva el Informe de Concordancia № 001-2014-PCM/SD-OTME emitidos por la Ofi cina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 33° de la Ley № 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 65° de la Ley № 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 151° de la Ley № 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante los Decretos Supremos № 021- 2006-PCM, № 036-2007-PCM y N° 049-2008-PCM, se aprobaron los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008, respectivamente, a través de los se cuales programó la transferencia a los Gobiernos Regionales y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, de las funciones del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte y Recreación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69º de la Ley № 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la transferencia de competencias, funciones y recursos, así como de proyectos de inversión, se realizan a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por 4 representantes del Consejo Nacional de la Descentralización y 4 representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en cumplimiento a dicha norma, por Resolución Presidencial № 006-CND-P-2006 emitida por el Consejo Nacional de Descentralización, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana; comisión cuya representación por la Presidencia del Consejo de Ministros ha sido actualizada por Resolución Ministerial N° 313-2013-PCM del 20.12.2013; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización № 032-2007-PCM/SD, modifi cada por Resolución de Secretaría de Descentralización № 399-2011-PCM/SD, se aprueba la Directiva № 007-2007- PCM/SD que regula las Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana (MML), de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia; Que, de acuerdo al numeral 5.1 de la Directiva citada, la transferencia de funciones sectoriales a la MML se realizará por Sectores y/o materias, de acuerdo al Plan de Acción que para el efecto apruebe la Comisión Bipartita de Transferencia, en coordinación con los Sectores y la MML; Que, conforme a ello, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM-SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual fue modifi cado por las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 052-2009-PCM- SD y Nº 239-2011-PCM-SD, en el que se establece que los Sectores del Gobierno Nacional en coordinación y consenso con la Municipalidad Metropolitana de Lima podrán presentar ante la Comisión Bipartita la propuesta de Plan de Acción Sectorial para la transferencia de nuevas funciones, detallando las actividades necesarias para el cumplimiento de cada etapa del proceso de transferencia; Que, en el ámbito de las funciones del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Deporte y Recreación, la Comisión Bipartita ha aprobado en su Sesión Ordinaria de fecha 22.08.2012 el Plan de Acción Sectorial en materia de educación, deporte y recreación, en las cuales el Ministerio de Educación ejerce rectoría; plan que fuera dispuesto su publicación mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 054- 2012-PCM/SD; Que, atendiendo al cumplimiento de dicho Plan, y continuando con el procedimiento de transferencia previsto en la Directiva № 007-2007-PCM/SD antes citada, y su etapa de Certifi cación contemplada en el numeral 5.2.6 de la Directiva, a través del Ofi cio N° 0048-2013-MINEDU/ VMGI, el Vice Ministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación ha remitido el Informe Situacional del Sector Educación sobre la aptitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones y recursos sectoriales, habiendo hecho lo propio la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Ofi cio N° 274-2013-MML/PGRLM_GR emitido por el Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana; Que, conforme lo establecido en el numeral 4) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, la opinión favorable de la Secretaría de Descentralización se realizará mediante un Informe de Concordancia, el cual tomará en cuenta las conclusiones de los Informes Situacionales antes mencionados; Que, con arreglo a ello, el Informe de Concordancia de Vistos concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para que le sean acreditadas las funciones del Artículo 47° de la Ley № 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Educación, Deporte y Recreación, luego de haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos específi cos en los Informes Situacionales del Ministerio de Educación y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, respectivamente; Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.2.8. de la Directiva № 007-2007-PCM/SD antes citada, corresponde proceder a la acreditación de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones del artículo 47° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de educación, deporte y recreación, mediante la Resolución correspondiente; En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acreditación de las funciones descritas en el artículo 47° de la Ley № 27867, Ley