Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2014 (06/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1079601-8

El Peruano Martes 6 de MORDAZA de 2014

AMBIENTE
Aprueban Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental
RESOLUCION MINISTERIAL N° 125-2014-MINAM MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014 Visto, el Memorando N° 136-2014-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestion Ambiental; asi como los Informes Tecnicos N° 165-2014-DGCA-VMGA/MINAM y N° 224-2014-MINAM/VMGA/DGCA de la Direccion General de Calidad Ambiental, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el articulo 31° de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, define al Estandar de Calidad Ambiental ­ ECA, como la medida que establece el nivel de concentracion o del grado de elementos, sustancias o parametros fisicos, quimicos y biologicos, presentes en el aire, agua o suelo en su condicion de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. El ECA es obligatorio en el diseno de las normas legales y las politicas publicas; asi como referente obligatorio en el diseno y aplicacion de los instrumentos de gestion ambiental; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM se aprobaron los Estandares de Calidad Ambiental para Suelo, los mismos que son aplicables a todo proyecto y actividad, cuyo desarrollo dentro del territorio nacional genere o pueda generar riesgos de contaminacion del suelo en su emplazamiento y areas de influencia; Que, con Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM se establecieron disposiciones complementarias para la aplicacion del Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM y el cumplimiento gradual de los Estandares de Calidad Ambiental para Suelo contenidos en dicha norma; Que, segun el articulo 7° del Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, declarada la emergencia ambiental, los titulares de las actividades involucradas deben identificar los sitios potencialmente contaminados, en funcion al Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental. El mencionado protocolo sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio del Ambiente; Que, el Protocolo de Muestreo por Emergencia Ambiental tiene como objetivo estandarizar los procedimientos para la recoleccion de muestras de suelos en el MORDAZA de la declaratoria de emergencia ambiental, que permita identificar los sitios impactados y potencialmente contaminados, y como resultado de esta identificacion proponer las medidas adicionales para reducir y controlar los riesgos e impacto al ambiente y a la salud derivados de la contaminacion de los suelos; Que, estando a la propuesta presentada por la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental, resulta necesaria la aprobacion del citado protocolo; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, la Secretaria General, la Direccion General de Calidad Ambiental y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, que aprueba los Estandares de Calidad Ambiental para Suelo; el Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, que aprueba disposiciones complementarias para la aplicacion de los Estandares de Calidad Ambiental para Suelo; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente.

Encargan funciones de la Administracion Local de Agua Huamachuco
RESOLUCION JEFATURAL Nº150-2014-ANA MORDAZA, 05 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Informe Nº 250-2014-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 081-2012-ANA, se encargo las funciones de la Administracion Local de Agua Huamachuco, al senor MORDAZA Adelmer MORDAZA Flores; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario MORDAZA uso de su descanso fisico del 05 de MORDAZA al 03 de junio de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fin que el normal desarrollo de la unidad organica MORDAZA mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 05 de MORDAZA hasta el 03 de junio de 2014, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de la Administracion Local de Agua Huamachuco, en adicion a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Articulo 2º.- Precisase que al termino del encargo de funciones a que se refiere el articulo precedente, el senor MORDAZA ADELMER MORDAZA MORDAZA, continuara ejerciendo las funciones de la Administracion Local de Agua Huamachuco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1079498-1

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