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El Peruano Lunes 19 de mayo de 2014 523537 y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Partes Diarios de Nºs. 061853 y 063549 de fechas 07 y 09 de abril de 2014, La Empresa presentó documentación adicional a fi n de ser anexada a su solicitud de renovación de autorización; Que, mediante Informe Nº 1010-2014-MTC/15.03. AA.vh, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, opinó que la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L. – S.O.S. S.R.L., cumplió con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º de El Reglamento, para renovar su autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular otorgada mediante Resolución Directoral Nº 1595-2009-MTC/15 (modifi cada por Resolución Directoral Nº 642-2013-MTC/15), razón por la cual la Dirección General de Transporte Terrestre, emite la Resolución Directoral Nº 1731-2014-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que ésta no ha sido publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por tanto no ha surtido efectos jurídicos; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 1176-2014- MTC/15.03.AA.vh, siendo este parte integrante de la presente Resolución, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L. – S.O.S. S.R.L., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RENOVAR la Autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L. – S.O.S. S.R.L., otorgada mediante Resolución Directoral Nº 1595- 2009-MTC/15 (modifi cada por Resolución Directoral Nº 642-2013-MTC/15) por el plazo de cinco (05) años contados a partir del 24 de abril de 2014 para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta y una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo combinada, en el local ubicado en la Av. Panamericana Sur S/N Sector COPARE Terreno “B”, Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. Artículo Segundo.- Es responsabilidad de la empresa SERVICIOS OPERATIVOS DEL SUR S.R.L. – S.O.S. S.R.L renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025- 2008-MTC durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en el siguiente cuadro: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación de carta fi anza 31 de octubre de 2014 Segunda renovación de carta fi anza 31 de octubre de 2015 Tercera renovación de carta fi anza 31 de octubre de 2016 Cuarta renovación de carta fi anza 31 de octubre de 2017 Quinta renovación de carta fi anza 31 de octubre de 2018