Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2014 (21/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Miércoles 21 de mayo de 2014 523605 modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1085632-3 Amplían permanencia de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú en Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 211-2014-DE/ Lima, 20 de mayo de 2014 Vistos, el Fax AABR-Nº 195 de fecha 08 de octubre de 2013 y el Fax AABR-Nº 012 de fecha 27 de enero de 2014 del Agregado Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, y el Ofi cio NC-35-CEFO-Nº 0128 de fecha 03 de febrero de 2014 del Comandante de Educación de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 715-2013-DE/FAP del 14 de noviembre de 2013, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participen en la etapa de pre-selección (eliminatoria) del “Curso de Formación de Sargentos – CFS”, a desarrollarse en el Centro de Instrucción Especializada – CIEAR, con sede en la ciudad de Río de Janeiro – República Federativa del Brasil, del 25 de noviembre de 2013 al 17 de enero de 2014; Que, con el Fax AABR-Nº 012 del 27 de enero de 2014, el Agregado Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil comunica que el Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, aprobó la etapa de pre-selección; motivo por el cual fue matriculado e internado para seguir el “Curso de Formación de Sargentos – CFS” en la Escuela de Especialistas de Aeronáutica – EEAR, en la ciudad de Guaratinguetá, Estado de Sao Paulo - República Federativa del Brasil; Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar con efi cacia anticipada, el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, del 18 de enero de 2014 al 28 de noviembre de 2015, para que continúen participando en el “Curso de Formación de Sargentos – CFS”, en la Escuela de Especialistas de Aeronáutica – EEAR, en la ciudad de Guaratinguetá, Estado de Sao Paulo - República Federativa del Brasil; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la ampliación de viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, deberá efectuarse con efi cacia anticipada, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en tanto existe el supuesto de hecho justifi cado para su adopción a la fecha que se pretende retrotraer la efi cacia de la presente Resolución, a fi n de no afectar el derecho del citado personal a percibir la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero que le corresponde; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 18 de enero al 31 de diciembre de 2014, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero al 28 de noviembre de 2015, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público que corresponda; Que, los gastos que ocasione la presente ampliación, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su retorno al país un (01) día después de la fecha de término, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 – “Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas”, el personal de Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar, nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE de fecha 04 de diciembre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que continúen participando en el “Curso de Formación de Sargentos – CFS”, en la Escuela de Especialistas de Aeronáutica – EEAR, en la ciudad de Guaratinguetá, Estado de Sao Paulo, República Federativa del Brasil; con efi cacia anticipada, del 18 de enero de 2014 al 28 de noviembre de 2015; autorizándose el retorno al país el 29 de noviembre de 2015: Alumno de 2do. año FAP ROVI PEPE TORRES MANYARI NSA: S-61118013 DNI: 71104292 Alumno de 2do. año FAP FRANK LUIS SUAREZ ROSAS NSA: S-61117913 DNI: 74770650 Alumno de 2do. año FAP YEREMI JESUS PALACIOS LIRA