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El Peruano Miércoles 21 de mayo de 2014 523615 VISTOS: El documento de fecha 11 de febrero de 2014 emitido por la Federal Aviation Administration, el Memorándum No. 549-2014-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y el Informe No. 147-2014-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 11 de febrero de 2014 la Federal Aviation Administration, hace de conocimiento de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se realizará la Reunión de Aviación y su Interrelación con la Industria, el 28 y 29 de mayo de 2014, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, el citado evento tiene como objetivo el intercambio de experiencias de los representantes de las autoridades de aviación para alcanzar niveles de seguridad cada vez más altos; asimismo, en dicha reunión se realizará una discusión abierta de los tópicos de aeronavegabilidad, su validación, verifi cación, los procesos de certifi cación, los requerimientos extranjeros de las Especifi caciones de Operación, la RAP 129.14 sobre mantenimiento y la Lista de Equipo Mínimo, que permitirá que los participantes se nutran de las diversas experiencias de los delegados de cada Estado participante; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación del señor Agustín José García Franco, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 008-03-2014, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM modifi cado por Decreto Supremo No. 056-2013-PCM, Ley No. 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Agustín José García Franco, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 27 al 30 de mayo de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 008-03-2014 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluye TUUA) US$ 1,152.20 Viáticos US$ 1,320.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, la persona mencionada en el artículo 1º deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; la persona mencionada en el artículo 1º deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1085632-7 Aprueban renovación de vigencia de homologación del equipo Opacímetro a favor de la empresa Z. Fleischman y Cía. S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 223-2014-MTC/16 Lima, 25 de abril de 2014 Vista, la carta Nº 1133/14 de fecha 02/04/2014 con P/D Nº 058987 presentada por la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA S.A.C. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, para medición de emisiones vehiculares de su propiedad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fi n de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del artículo 76º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Dirección de Gestión Ambiental, órgano de línea de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control ofi cial de los Límites Máximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehículos automotores que circulen en la Red Vial, determinándose la obligación de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Ofi cial de estos límites por las autoridades competentes, a fi n de asegurar la calidad y confi abilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para la homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control ofi cial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fi n de que se les otorgue; Que, la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 012-2003-MTC/16 del 30 de julio de 2003 la homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con fi cha de homologación Nº 001-D, Código de Homologación D-001-2003-DGASA-MTC, con certifi cado Nº 001, cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en igual sentido la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 072- 2005-MTC/16 del 14 de diciembre de 2005 la homologación del equipo Opacímetro, marca Opus Prodox AB, modelo OPUS 50 Compact, tipo portátil, año 2001, con fi cha de homologación Nº 001-D, Código de Homologación D-001- 2003-DGASA-MTC, con certifi cado Nº 001, cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de la misma manera la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. obtuvo mediante Resolución Directoral