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El Peruano Miércoles 21 de mayo de 2014 523610 b) Proponer los temas de interés que el Estado Peruano, a través del Ministerio del Interior, debe plantear en las reuniones preparatorias del MISPA V, a fi n de que sean considerados dentro de la agenda del referido evento. Artículo 3.- Instalación e Informe Final El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no mayor de siete (07) días calendarios contados a partir de la publicación de la presente resolución. El Informe Final del Grupo de Trabajo deberá ser presentado al Despacho Ministerial en un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de su instalación. El referido informe deberá incluir el Plan de Actividades y los temas de interés señalados en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Requerimiento de información Todas las entidades, órganos, unidades orgánicas y dependencias del Sector Interior están obligados a brindar la información que requiera el Grupo de Trabajo y su Secretaría Técnica, para el desarrollo de las actividades encomendadas. Artículo 5.- Facilidades El Viceministro de Gestión Institucional brindará los bienes y servicios que resulten necesarios para el funcionamiento del Grupo de Trabajo constituido por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1085238-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Directora II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 150-2014-MIMP Lima, 19 de mayo de 2014 Vista, la Nota N° 176-2014-MIMP/DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2013- MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, y con Resolución Ministerial N° 267-2013-MIMP, se aprueba el reordenamiento de cargos, que incluye el cargo de Director(a) II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación; Que, se encuentra vacante el cargo de Director (a) II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, con la Nota de vista, el Despacho Viceministerial de la Mujer propone se designe a la señora Liliana Inés Huayhua Palomino como Directora II, Nivel Remunerativo F-3 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación; Que, la Ofi cina General de Recursos Humanos mediante Nota N° 237-2014-MIMP/OGRH, señala que la señora Liliana Inés Huayhua Palomino, cumple con los requisitos y competencias que establece el Manual de Organización y Funciones – MOF, para que sea designada en el cargo precitado; Que, en tal sentido resulta pertinente designar a la persona que se desempeñará como Directora II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora LILIANA INÉS HUAYHUA PALOMINO, como Directora II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1085629-1 Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional VIDA DIGNA RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 152-2014-MIMP Lima, 19 de mayo de 2014 Vistos, la Nota № 666-2013-MIMP-OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe № 058- 2013-MIMP/OGPP-OMI-JFH y la Nota № 321-2013-MIMP/ OGPP-OMI de la Ofi cina de Modernización Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley № 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores, el Estado Peruano reconoce, promueve y genera las condiciones para el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, fomentando la igualdad de oportunidades y el respeto a una vida digna, así como la defensa de sus intereses; Que, el Decreto Legislativo № 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece la rectoría en la promoción y protección de las poblaciones vulnerables, promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores y del Sistema Nacional de Población en Riesgo, desde la articulación de las diferentes intervenciones del Estado y de la sociedad, con la fi nalidad de garantizar sus derechos y una vida digna; Que, en el contexto anteriormente descrito, mediante Decreto Supremo № 006-2012-MIMP se crea el Programa Nacional VIDA DIGNA que depende funcionalmente del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el objeto de restituir y proteger los derechos de las personas adultas mayores en situación de calle; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobará el Manual de Operaciones del Programa Nacional VIDA DIGNA mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Nota № 666-2013-MIMP-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, ha remitido,para proseguir con el trámite de su aprobación,el proyecto de Manual de Operaciones del Programa Nacional VIDA DIGNA, propuesto por la máxima autoridad del indicado programa; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional VIDA DIGNA; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional VIDA DIGNA, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley № 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo № 043- 2006-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública; el Decreto Legislativo № 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio