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El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523787 CONSIDERANDO: Que, con la Esquela de Notifi cación Nº 402-2014- SGCHU-GDU-MDSMP del 27 de Marzo de 2014 se notifi ca a la empresa recurrente a efectos que subsane las observaciones que indica el propio documento, otorgándole para tal efecto el plazo perentorio de diez (10) días hábiles conforme al numeral 4) del Artículo 132º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, bajo apercibimiento de declararse improcedente el procedimiento en caso de incumplimiento; dichas observaciones fueron notifi cadas conforme a lo señalado en el Informe Técnico Nº 0096-2014-MAGI-SGCHU- GDU-MDSMP del 25 de Marzo de 2014. Dicha Esquela es respondida por la administrada con el Documento. Nº 20606-2014 del 07 de Abril de 2014; Que, con Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones - Ley Nº 29090, vigente a partir del 28 de Setiembre del 2009, y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, vigente a partir del 04 de Mayo del 2013, se establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación, con la fi nalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria; Que, mediante Documento Nº 15510-2014 de fecha 14 de Marzo de 2014 y acumulados, CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.R., representada por su DirectorGerentedonLesmes Terán Valera, solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble cuya extensión superfi cial de 19,728.10m2, está constituido por la Parcela Nº 35 (Unidad Catastral Nº 10644) del Ex - Fundo Naranjal, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Ampliación Horizonte, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, con declaración jurada adjunta en documento del visto, CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A., a través de su Director GerentedonLesmes Terán Valera, deja en garantía a los lotes 29, 33, 34, y 35 de la Manzana “D”, por el défi cit de aporte para Ministerio de Educación, siendo su cálculo resultante de 394.52 m2; Que, acorde la inspección ocular practicada por el técnico del área de habilitaciones urbanas se verifi ca que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente a la fecha en que inicio el expediente del visto. El plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas superior al 50%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, pistas defi nidas pero sin asfaltar. En lo que concierne al cumplimiento de los Planes Urbanos, en lo que respecta a Vías, de conformidad a la Ordenanza Nº 341-MML (06.12.01.) y su modifi catoria Ordenanza Nº 1510-MML (03.04.11.), el predio no se encuentra afecto a ninguna vía metropolitana; Que, a través del Informe Nº 283-2012-GAJ/MDSMP de fecha 11 de Mayo del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica de esta Corporación Municipal opina que, en los procedimientos de habilitaciones urbanas para efectos de cálculo de los aportes reglamentarios, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Edifi caciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA publicado el 08 de Junio del 2006, por ser la norma jurídica de nivel superior a la Ordenanza Nº 836-MML; Que, en virtud al Reglamento Nacional de Edifi caciones, vigente al a la fecha en que inició su procedimiento, se han aplicado los aportes reglamentarios para el terreno de 19,728.10 m2, califi cado con Zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, correspondiendo (acorde a lo señalado en Artículo 10º, del capítulo II de la Norma Técnica TH.010 Habilitaciones Residenciales), para Recreación Pública el área de 1,578.25 m2 (8%), para el Ministerio de Educación el área de 394.56 m2 (2%), y para Otros Fines el área de 591.84 m2 (3%); Que, mediante Valorización Nº 005-2014-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 03 de Marzo del 2014, se calculó el défi cit de aportes para Recreación Pública en un área de 1,578.25 m2, y para Otros Fines en un área de 591.84m2, cuyo monto asciende a la suma de S/. 36,891.48Nuevos soles(pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal con Recibo de Pago Nº 20131372427 de fecha 13 de Marzo del 2014); Que, mediante el Informe Nº 0121-2014-MAGI- SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 08 de Abril del 2014, el técnico del área de habilitaciones urbanas señala que el administrado ha cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA que aprueba su Reglamento, y el TUPA de esta corporación; y la inspección ocular practicada verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas superior al 50%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable,y alcantarillado, quedando pendiente la pavimentación de pistas y veredas, la ornamentación de parques y señalización.Asimismo, se indica que el inmueble constituido por la Parcela Nº 35 (Unidad Catastral Nº 10644), del Ex - Fundo Naranjal, sobre el que se desarrolla el Programa de Vivienda Ampliación Horizonte, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías, y que tiene un défi cit de 1,578.25 m2 para Recreación Pública, 394.56 m2 para el Ministerio de Educación, y de 591.84 m2 para Otros Fines; Que, estando el Informe Nº 0104-2014-CAST- SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 15 de Abril del 2014, emitido por el área legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de esta entidad administrativa, donde señala que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, del inmueble con un área de 19,728.10m2, constituido por la Parcela Nº 35 (Unidad Catastral Nº 10644), del Ex - Fundo Naranjal inscrito en la Ficha Nº 307224 del Registro de la Propiedad Inmueble Lima, y continuado en Partida Electrónica Nº 49083859 de la Ofi cina Registral de Lima - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Ampliación Horizonte, de conformidad con el Plano Nº 024-2014SGCHU-GDU- MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a la CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A.,para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana, faltantes; De conformidad con la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 ymodifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA modifi cado por Decreto Supremo Nº 012-2013-VIVENDA, Ordenanza Nº 341-MML y Ordenanza Nº 1015-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, del inmueble con un área de 19,728.10m2, constituido por la Parcela Nº 35 (Unidad Catastral Nº 10644) del Ex - Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 307224 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, continuado en la Partida Electrónica Nº 49083859de la Ofi cina Registral de Lima y Callao - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Ampliación Horizonte, de conformidad con el Plano con Nº 024-2014-SGCHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A.para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meseslas Obras de Habilitación Urbana correspondiente a la pavimentación de pistas y veredas, ornamentación de parque, y señalización. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 19,728.10 Área sujeta a aportes 19,728.10