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El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523786 de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2014 con el voto por mayoría de sus Consejeros, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- REVOCAR la Ordenanza Regional Nº 010-2007-GRU/CR por contravenir a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, consecuentemente resulta inaplicable; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas su difusión en el portal Institucional del Gobierno regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe); Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil catorce. INDIRA MARIANA URCIA ARÉVALO Consejera Delegada Consejo Regional POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil catorce. JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 1085728-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Establecen beneficio tributario para el pago de tributos municipales, a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 305-MDCH Chaclacayo, 28 de abril del 2014 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 004-CATR/MDCH de fecha 21 de Abril de 2014 de la Comisión de Rentas, el Informe N° 082-2014- GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe N° 0120-2014/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 014-2014-GATYR/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado en parte por el Decreto Legislativo Nº 953 establece en segundo párrafo de la norma IV del Título Preliminar y en su Artículo 41º que : ”Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, así como podrán condonar con carácter general el interés moratorio y otras sanciones respecto de los tributos que administran; Que, considerando que existe un alto porcentaje de morosidad entre los contribuyentes del distrito, que no han cumplido con cancelar sus deudas por concepto del Impuesto Predial, arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, y multas tributarias; es necesario brindar de manera EXCEPCIONAL, las facilidades que requieren, a efectos de que cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias; Que, si bien no constituye una política de la actual gestión municipal, el otorgar condonaciones tributarias, por generar éstos un incentivo al no pago oportuno de los tributos, es también cierto que la Entidad no puede ser ajena a la realidad expuesta; Que, mediante Informe N° 0120-2014/MDCH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica considera viable que el Concejo Municipal de Chaclacayo apruebe la Ordenanza que establece Benefi cio Tributario para el pago de Tributos Municipales a todos los contribuyentes del Distrito de Chaclacayo – “Chaclacayo Festejando su 74 Aniversario”; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD del Concejo Municipal: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece el benefi cio tributario para el pago de tributos municipales a todos los contribuyentes del distrito de Chaclacayo – “Chaclacayo festejando su 74 Aniversario”, el cual forma parte de la presente Ordenanza y consta de Nueve (09) Artículos y Cinco (05) Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, la publicación del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comunícase y cúmplase ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1085683-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban la habilitación urbana ejecutada de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 114-2014-SGCHU-GDU/MDSMP San Martín de Porres, 16 de abril de 2014 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Documento Nº 15510-2014 de fecha 14 de Marzo del 2014 y acumulados, promovido por CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A.,representada por su Director Gerente don Lesmes Terán Valera, mediante el cual solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, del inmueble con un áreasuperfi cial de 19,728.10 m2, constituido por la Parcela Nº 35 (Unidad Catastral Nº 10644), del Ex - Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha Nº 307224 del Registro de la Propiedad Inmueble, y continuado en Partida Electrónica Nº 49083859de la Ofi cina Registral de Lima y Callao - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Ampliación Horizonte, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, y;