Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

523795
recursos asignados anualmente, con los cuales se medira el grado de avance respecto a los objetivos esperados del Plan Estadistico Agrario Nacional a nivel nacional. Adicionalmente, el MINAGRI asesorara en la gestion de recursos provenientes de la cooperacion tecnica nacional e internacional en el fortalecimiento del SIEA. Articulo 3.- Responsables de la ejecucion del Plan Estadistico Agrario Nacional y de su evaluacion en el ambito de su competencia La Autoridad Estadistica Agraria Nacional y las Autoridades Estadisticas Agrarias Regionales y Locales, integrantes del Sistema Integrado de Estadistica AgrariaSIEA, son responsables de la ejecucion del Plan Estadistico Agrario Nacional que se aprueba por el presente Decreto Supremo, asi como de su evaluacion en el ambito de su competencia. Articulo 4.- Publicacion y difusion del Plan Estadistico Agrario Nacional El presente Decreto Supremo y el Plan Estadistico Agrario Nacional seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe), en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego PLAN ESTADISTICO AGRARIO NACIONAL 2014-2018 MORDAZA El Plan Estadistico Agrario Nacional elaborado para el periodo 2014-2018, se constituye en el instrumento de gestion que orientara la planificacion y el desarrollo de la actividad estadistica agraria a nivel nacional y regional con una vision de futuro compartida, en concordancia con la Politica Agraria Nacional, el Plan Sectorial Multianual del MINAGRI y el Plan Estrategico Nacional para el Desarrollo Estadistico liderado por el INEI. En su elaboracion se considero el contexto normativo que rige actualmente al SIEA y el Sector Agrario, asi como la tendencia actual del Sistema Estadistico Nacional y de los sistemas estadisticos internacionales, incluyendo los lineamientos y documentos tecnicos de organismos internacionales. El Sistema Integrado de Estadistica Agraria1 se creo en el ano 2008, con la finalidad de "(...) disponer de un MORDAZA procedimental de aseguramiento de la calidad y eficiencia de dicha informacion y que garantice su entrega oportuna y, previa evaluacion, establezca las sanciones por su incumplimiento2". La normativa de creacion del SIEA fue reglamentada en el ano 2009, mediante disposiciones acerca de los principios estadisticos, la gobernanza estadistica, la generacion y la difusion de las estadisticas agrarias, las cuales segun el Reglamento, deberan enmarcarse en un plan estadistico agrario nacional multianual. El presente Plan busca el desarrollo, generacion y difusion de las estadisticas agrarias nacionales con el fin de atender las demandas prioritarias de informacion

tratamiento y gestion de la informacion estadistica agraria en sus diferentes etapas de recoleccion, procesamiento y difusion; con el proposito que esta responda a las necesidades de la politica agraria, promovida por el Sector Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2009-AG, se aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Estadistica Agraria - SIEA, en adelante el Reglamento, para mejorar el manejo estadistico, instituyendo a sus autoridades a nivel nacional, regional y local, definiendo sus roles y funciones y la incorporacion de principios estadisticos; estrechar los niveles de cooperacion, el fomento del uso de conceptos, clasificaciones y metodos adecuados con la finalidad de garantizar mayor comparabilidad entre las estadisticas agrarias; Que, en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento, designa a la Oficina de Estudios Economicos y Estadisticos del Ministerio de Agricultura y Riego, como la Autoridad Estadistica Agraria NacionalAEAN, que efectuara las coordinaciones que resulten necesarios con las areas y organismos competentes del Sector, las cuales le brindaran las facilidades que correspondan a fin de cumplir cabalmente con lo encomendado; Que, el articulo 2 del Reglamento, establece que el Sistema Integrado de Estadistica Agraria, es la asociacion entre la autoridad estadistica agraria nacional y las autoridades estadisticas agrarias regionales y locales responsables, en el ambito de sus respectivas competencias, para el desarrollo, la generacion y la difusion de la estadistica agraria nacional; Que, el Sistema Integrado de Estadistica Agraria forma parte del Sistema Estadistico Nacional, cuyo organo rector es el Instituto Nacional de Estadistica e InformaticaINEI, que tiene por funcion formular y evaluar la Politica Nacional, asi como coordinar y orientar la formulacion y evaluacion de los Planes Estadisticos Sectoriales, Regionales y Locales; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 del Reglamento, dispone que el Plan Estadistico Agrario Nacional proporcionara el MORDAZA para el desarrollo, la generacion y la difusion de las estadisticas agrarias nacionales, los ambitos principales y los objetivos de las acciones previstas para un periodo que no excedera de cinco (05) anos, y sera aprobado por Decreto Supremo; Que, en el MORDAZA de la MORDAZA citada en el considerando precedente, se ha formulado el proyecto del Plan Estadistico Agrario Nacional 2014-2018, el cual establecera las prioridades de la politica agraria concernientes a las necesidades de informacion, con el proposito de llevar a cabo las actividades del Sector Agricultura y Riego, dichas necesidades seran ponderadas con los recursos necesarios a nivel nacional y regional para proporcionar las estadisticas requeridas; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley Nº 30048; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Plan Estadistico Agrario Nacional 2014-2018 del Sistema Integrado de Estadistica Agraria (SIEA) Apruebase el Plan Estadistico Agrario Nacional 2014-2018 del Sistema Integrado de Estadistica Agraria (SIEA), que consta de siete (07) capitulos y una seccion compuesta por tres anexos, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, como el instrumento de gestion que orientara la planificacion y el desarrollo de la actividad estadistica agraria a nivel nacional y regional durante el siguiente quinquenio, en concordancia con la Politica Agraria Nacional, el Plan Estrategico Sectorial Multianual 2012-2016 y el Plan Estrategico Nacional para el Desarrollo Estadistico del INEI. Articulo 2.- Programas Operativos Anuales El Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI a traves de la Oficina de Estudios Economicos y Estadisticos, como la Autoridad Estadistica Agraria, elaborara los programas operativos anuales, con los

1

2

La adopcion del SIEA fue simultanea con la derogacion del Sistema de Informacion Agraria (SIAG) y del Sistema Nacional de Informacion Agraria (SINFA). Decreto Legislativo 1082 que crea el Sistema Integrado de Estadistica Agraria conformante del Sistema Estadistico Nacional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.