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El Peruano Martes 27 de mayo de 2014 523950 CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV, señalan que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, los artículos 17º y 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, disponen que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información así como facilitar mecanismos y espacios para el concurso, concertación y fi scalización de la comuna en la gestión municipal; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, asimismo, en su artículo 97º, precisa que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modifi cada por la Ley Nº 29298, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se establece disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal; Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fi n que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específi cos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante informe Nº 160-2014-GPP/MDSM, presenta la propuesta de ordenanza que regula el proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2014, la misma que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe Nº 318-2014-GAJ/MDSM; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015, EN EL MARCO DE LA VALIDACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, en el marco de la validación del Plan de Desarrollo Concertado en el Distrito de San Miguel. Artículo 2º.- ENCARGAR al Consejo de Coordinación Local, Equipo Técnico, Comité de Vigilancia, agentes participantes y órganos competentes de la Municipalidad Distrital de San Miguel, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente dispositivo en el Diario Ofi cial El Peruano y el texto íntegro del reglamento aprobado en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1087779-2 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ratifican contenido de la Ordenanza Nº 00092-MDSA, para su aplicación en el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2015 del distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 00135 /MDSA 23 de Mayo del 2014 VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, el pedido de ratifi cación de la Ordenanza Nº 00092-MDSA, para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Santa Anita para el año 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28056 Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley N° 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado. Asimismo, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo. Que, mediante Ordenanza Nº 00092-MDSA, se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo, con el propósito de regular, complementar y establecer mecanismos que faciliten el efectivo desarrollo del proceso de programación y aprobación del Presupuesto Participativo por Resultados. Estando a lo expuesto en el Memorando Nº 137-2014- GPPR-GG/MDSA e Informe Nº 285-2014-GAJ/MDSA; en uso de las facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad emite la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL CONTENIDO DE LA ORDENANZA Nº 00092-MDSA PARA SU APLICACIÓN EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE SANTA ANITA PARA EL AÑO 2015 Artículo Primero.- RATIFICAR el contenido de la Ordenanza Nº 00092-MDSA para su aplicación en el proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Santa Anita para el año 2015. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1087767-1 Regulan proceso de identificación y participación de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad para el Año Fiscal 2015 ORDENANZA Nº 00136 /MDSA Santa Anita, 23 de mayo del 2014