Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2014 (05/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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CONDUCTORES INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C., con RUC Nº 20538779742 y domicilio en: Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 1971 ­ 1975, Urb. Chacra MORDAZA Sur, Distrito de Cercado de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos, requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA de los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la Clase A Categoria II y III, y de la Clase B Categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3123-2011MTC/15 de fecha 19 de agosto de 2011, se autorizo a La Escuela, para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, mediante Parte Diario Nº 132704 de fecha 30 de MORDAZA de 2014, La Escuela solicita la modi cacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral Nº 1472-2011-MTC/15, cambiando la ubicacion de las o cinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, al local ubicado en: Av. La MORDAZA, MORDAZA 21-A y MORDAZA 10, Unidad Inmobiliaria Nº 15, 2do. y 3er. Piso, Cooperativa de Vivienda La Musa, 1era. Etapa, Distrito de La MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante O cio Nº 5902-2014-MTC/15.03 de fecha 08 de Agosto de 2014, noti cado el 12 de Agosto de 2014, la Autoridad Administrativa formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante O cio Nº 6233-2014-MTC/15.03 de fecha 20 de Agosto de 2014, noti cado el 27 de Agosto de 2014, la autoridad Administrativa formulo observaciones respecto a la adecuacion de su circuito de manejo, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 157112 de fecha 03 de setiembre de 2014, La Escuela presenta diversa documentacion a n de que sea adjuntada al parte diario MORDAZA mencionado; Que, mediante Informe Nº 008-2014-MTC/15.vho de fecha 26 de setiembre de 2014, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela; Que, el numeral c) del articulo 47º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, indica que es obligacion de las Escuelas de Conductores: "Informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; Que, el literal d) del articulo 53º de El reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, el articulo 60º de El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modi cacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario O cial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modi cacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, la solicitud presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C., implica

El Peruano Miercoles 5 de noviembre de 2014

una variacion de uno de los contenidos del articulo 53º de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local destinado a las o cinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 1472-2011-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60º de El Reglamento, la Resolucion que modi ca la autorizacion, debe ser publicada en el Diario O cial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 008-2014-MTC/15.vho de fecha 26 de setiembre de 2014, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, el inspector concluye que habiendose realizado la inspeccion ocular en lo correspondiente a las condiciones de infraestructura, que senala el numeral 43.3 del articulo 43º de El Reglamento, se constato que la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C., propone una infraestructura con los ambientes minimos exigidos por El Reglamento y autorizadas mediante Resolucion Directoral Nº 1472-2011-MTC/15; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 2926-2014MTC/15.03.AA.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modi cacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 1472-2011-MTC/15 de fecha 26 de MORDAZA de 2011, variando la ubicacion del local (o cinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico practico de mecanica), que se encuentra ubicado en: Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 1971 ­ 1975, Urb. Chacra MORDAZA Sur, Distrito de Cercado de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, al local ubicado en: Av. La MORDAZA, MORDAZA 21-A y MORDAZA 10, Unidad Inmobiliaria Nº 15, 2do. y 3er. Piso, Cooperativa de Vivienda La Musa, 1era. Etapa, Distrito de La MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario O cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VSP INVERSIONES S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (s) Direccion General de Transporte Terrestre 1151664-1

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