Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2014 (05/11/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 35
El Peruano Miercoles 5 de noviembre de 2014
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ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, asimismo, la acotada Ley en su articulo 13, menciona que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cienti cas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003PRODUCE se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el proposito de lograr la recuperacion en el mediano plazo de dicho recurso, para su aprovechamiento sostenido y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el numeral 3.1 del articulo 3 del citado Reglamento, establece que el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE es la entidad responsable de efectuar investigaciones sobre la biologia, pesqueria y dinamica de las poblaciones de la merluza y su fauna acompanante, bajo un enfoque eco sistemico, poniendo enfasis en el efecto que tienen sobre dichos recursos, la pesca y la variabilidad ambiental a distinta escala espacial y temporal; Que, asimismo, el numeral 3.3 del articulo 3 del acotado Reglamento, preve que la investigacion de este recurso y su fauna acompanante realizada mediante pescas exploratorias o experimentales senaladas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, puede ser efectuada solo por empresas que cuenten con licencia para la operacion de plantas de procesamiento de productos congelados y/o permisos de pesca vigentes para la extraccion del citado recurso. La investigacion debe contar con la opinion tecnica previa del IMARPE, en lo referente al plan de operaciones, en especial, a los objetivos, metodologia y validacion de resultados esperados que se apliquen en la investigacion. Dicha investigacion requiere de la autorizacion del Ministerio de la Produccion. Asimismo, durante la ejecucion de pescas exploratorias y/o experimentales deben participar representantes del IMARPE o de otra entidad nacional designada; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 2142014-PRODUCE se establece el Regimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) MORDAZA 2014 junio 2015, en el MORDAZA del cual se autoriza la actividad extractiva del recurso desde el 1 de MORDAZA de 2014 hasta el 30 de junio de 2015, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 06° 00' Latitud Sur; Que, el articulo 15 de la precitada Resolucion dispone que el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biologicos, poblacionales y pesqueros del recurso Merluza, debiendo informar oportunamente al Ministerio de la Produccion los resultados de las evaluaciones y seguimiento de la pesqueria del citado recurso, recomendando de ser el caso, las medidas de ordenamiento pesquero; Que, por Resolucion Ministerial N° 290-2014PRODUCE se establece la MORDAZA reproductiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el area maritima comprendida desde los 04°30' hasta los 06°00' Latitud Sur; prohibiendose extraer el citado recurso a partir del 29 de agosto de 2014; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 322-2014PRODUCE se establece la MORDAZA reproductiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el area maritima comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta los 04°30'LS; prohibiendose extraer y descargar el citado recurso a partir del 04 de octubre de 2014; Que, el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE mediante el O cio de Vistos remite el "Plan de la Operacion Merluza XIX", a ser realizada del 06 al 08 de noviembre de 2014, en el area maritima comprendida entre Puerto MORDAZA (03º24'LS) y MORDAZA (07º00'LS) con la participacion de
CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1150 se regula el regimen disciplinario de la Policia Nacional del Peru, cuyo Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2013-IN; Que, conforme al articulo 42° del Decreto Legislativo N° 1150, el Tribunal de Disciplina Policial es la MORDAZA instancia administrativa en el procedimiento disciplinario iniciado por infracciones muy graves; el cual se encuentra en el ambito de la Inspectoria General del Sector Interior y esta dotado de autonomia tecnica y funcional; Que, el articulo 35° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1150 establece que, a pedido del Presidente del Tribunal, el Ministro del Interior podra crear MORDAZA adicionales para el tribunal; Que, a pedido del Presidente del Tribunal de Disciplina Policial y contando con la opinion favorable de la Direccion General de Plani cacion y Presupuesto, mediante Resolucion Ministerial N° 0347-2014-IN de fecha 11 de marzo de 2014, se creo una Sala adicional en el Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, designandose a sus miembros titulares; Que, se encuentra pendiente la designacion de dos (02) miembros suplentes de la referida Sala adicional, habiendose estimado conveniente designar a uno de los miembros suplentes pendientes de designacion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1150, que regula el Regimen Disciplinario de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA Muguerza MORDAZA como miembro suplente de la Sala adicional del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior creada mediante Resolucion Ministerial N° 0347-2014-IN de fecha 11 de marzo de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1159455-1
PRODUCE
Autorizan al IMARPE la ejecucion de la Operacion Merluza XIX
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2014-PRODUCE MORDAZA, 4 de noviembre de 2014 VISTOS: el O cio N° PCD-100-568-2014-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, el Informe Nº 286-2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero; y, el Informe Nº 089-2014-PRODUCE/OGAJ-cfva de la O cina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, en su articulo 2, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley en su articulo 9, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cienti cas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de