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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014 537048 Que, de acuerdo al literal g) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, autorizar y registrar a las entidades especializadas para ejercer las funciones de evaluación externa con fi nes de acreditación y certifi cación de competencias; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, hace de conocimiento el Acuerdo N°521-2014, de sesión N°163 del 02 de julio 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobó la autorización de la Asociación Peruana de Productores de Cacao – APPCACAO, como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de Productores de Plantones de Cacao, con una vigencia de cinco (05) años; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 044-2014-CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, se acordó ofi cializar el acuerdo indicado en el considerando precedente; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 521-2014, de sesión N°163, del 02 de julio 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobó la autorización a la Asociación Peruana de Productores de Cacao – APPCACAO, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la ocupación de Productores de Plantones de Cacao, con una vigencia de cinco (05) años. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1159994-13 Oficializan el Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que aprobó otorgar la autorización a la empresa Nebuway EIRL, como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de Operarios de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 031-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 009-2014/SINEACE/ST-DEC-EBTP e Informe N° 031-2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 7° de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como función, autorizar y registrar a las entidades especializadas para ejercer las funciones de evaluación externa con fi nes de acreditación y certifi cación de competencias; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Básica y Técnico Productiva, solicita se autorice a la empresa Nebuway EIRL, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la ocupación de Operarios de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto, al haber cumplido con los requisitos establecidos; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 045-2014-CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, se aprobó otorgar la autorización la empresa Nebuway EIRL, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la ocupación de Operarios de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014- MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo N° 045-2014-CDAH de sesión del 22 de octubre 2014, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó otorgar la autorización a la empresa Nebuway EIRL, como Entidad Certifi cadora de Competencias en la ocupación de Operarios de Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1159994-14 Oficializan el Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que otorgó la acreditación al Programa Maestría en Ciencias Militares con Mención en Planeamiento Estratégico y Toma de decisiones de la Escuela Superior de Guerra del Ejército RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 032-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 046-2014-SINEACE/ST-DEA-ESU, de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como fi nalidad del Sistema Nacional