Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2014 (13/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la creacion del Consejo Regional de Agua y Saneamiento (COREAS) de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 083-2014-CR-GRH APROBAR LA CREACION DEL CONSEJO REGIONAL DE AGUA Y SANEAMIENTO (COREAS) Y SU REGLAMENTO DE LA REGION MORDAZA MORDAZA, 12 de agosto del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: VISTO: En el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional, realizada en MORDAZA - Distrito de MORDAZA de fecha 31 de MORDAZA del ano dos mil catorce, el Dictamen Nº 002-2014GRH-CRH/CPDS presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social, relacionado a la aprobacion de la Creacion del Consejo Regional de Agua y Saneamiento y su Reglamento de la Region Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en el Articulo 49º, literal c), establece como funciones en materia de salud, coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional; Que, en el Articulo 58º de la precitada Ley en su literal a), establece como funcion en materia de vivienda y saneamiento formular, aprobar e evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales; literal b) promover la ejecucion de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizando los recursos publicos y privados (...); Que, el Articulo 3º de la Ley 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, prescribe Declarese a los Servicios de Saneamiento como servicios de necesidad y utilidad publica y de preferente interes nacional, cuya finalidad es proteger la salud de la poblacion y el ambiente; Que, asimismo el Articulo 4º de la Ley 26338, senala que corresponde al Estado traves de sus entidades competentes regular y supervisar la prestacion de los servicios de saneamiento, asi como establecer los

derechos y obligaciones de las entidades prestadoras y proteger los derechos de los usuarios; Que, mediante Oficio Nº 356-2013-GRH/DRVCS, la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dirigido al Presidente Regional remite la Propuesta del Proyecto de Reglamento para la "Creacion del Consejo Regional de Agua y Saneamiento de la Region Huanuco", del mismo modo y siendo autoridad tecnica competente la Oficina de Asesoria Juridica a traves del Director Regional de Juridica en Informe Nº 1816-2014GRH/ORAJ, opina que es necesario que a traves del Pleno del Consejo Regional se apruebe la Creacion del Consejo Regional de Agua y Saneamiento (COREAS) de la Region MORDAZA, asi como el Reglamento del Consejo Regional de Agua y Saneamiento; Que, contando con el Dictamen Nº 002-2014-GRHCR/CPDS favorable de la Comision Permanente de Desarrollo Social del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Organica de Gobierno Regionales Nº 27867; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 establece: "Que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional"; Que el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa de lectura de aprobacion del acta ha emitido la siguiente: Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DEL CONSEJO REGIONAL DE AGUA Y SANEAMIENTO (COREAS) Y SU REGLAMENTO DE LA REGION MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, LA CREACION DEL CONSEJO REGIONAL DE AGUA Y SANEAMIENTO (COREAS) DE LA REGION MORDAZA, conforme al texto integrado, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- APROBAR, EL REGLAMENTO DEL CONSEJO REGIONAL DE AGUA Y SANEAMIENTO (COREAS) DE LA REGION MORDAZA, que consta de 22 Articulos y Dos Complementarias que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los 8 dias del mes de agosto del ano dos mil catorce . MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la a Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 12 dias del mes de agosto del dos mil catorce. JHONY MORDAZA MIRAVAL VENTURO Presidente (e) 1161168-1

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