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El Peruano Jueves 13 de noviembre de 2014 537595 Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de agosto y octubre del 2014 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS HIDROCARBUROS - HUÁNUCO RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 206-2014-GR-HUÁNUCO/DREMH Huánuco, 23 de octubre de 2014 VISTO, las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de agosto y octubre del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la referida Ley; Que, por Resolución Ministerial Nº 550–2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Huánuco, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional Nº 076-2009-CR- GRH, se aprueba la modifi catoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco, estableciendo en el articulo 89 las funciones en materia de Energía, Minas e Hidrocarburos entre ellos el inciso f) que señala: “Otorgar Concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM, se publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 600-2008- GRH/PR; de fecha 30 de setiembre de 2008, el Presidente del Gobierno Regional Huánuco DELEGA la función prevista en el literal f) del artículo 59ª de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional Huánuco. Con la aprobación de la Dirección Regional y la Ofi cina Técnica de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de agosto y octubre del 2014 de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. HUGO SEBASTIAN ASCENCIO CONDOR Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos Huánuco RELACIÓN DE LAS 6 CONCESIONES OTORGADAS EN LOS MESES DE AGOSTO Y OCTUBRE DEL 2014 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) CHAUPILOMA B) 600000414 C) LEON MALPARTIDA FRANCISCO D) 202-2014-GR-HUANUCO/ DREMH 20/10/2014 E) 18 F) V1:N8869 E382 V2:N8868 E382 V3:N8868 E381 V4:N8869 E381 2.- A) LUPITA 02 B) 600005113 C) CALIZA PERU S.A.C. D) 166-2014- GR-HUANUCO/DREMH 26/08/2014 E) 18 F) V1:N8867 E346 V2:N8865 E346 V3:N8865 E347 V4:N8867 E347 3.- A) MANACARACO I B) 600005411 C) CALCARIO AMAZONAS S.A.C. D) 182-2014-GR-HUANUCO/ DREMH 10/09/2014 E) 18 F) V1:N8950 E391 V2:N8947 E391 V3:N8947 E390 V4:N8945 E390 V5:N8945 E389 V6:N8948 E389 V7:N8948 E388 V8:N8949 E388 V9: N8949 E389 V10:N8950 E389 4.- A) AZULETA 1 B) 600007211 C) CALCARIO AMAZONAS S.A.C. D) 175- 2014-GR-HUANUCO/DREMH 09/09/2014 E) 18 F) V1: N8983 E384 V2:N8981 E384 V3:N8981 E386 V4:N8980 E386 V5:N8980 E385 V6:N8979 E385 V7:N8979 E384 V8:N8976 E384 V9:N8976 E383 V10:N8983 E383 5.- A) DOLOMITA I B) 600007311 C) CALCARIO AMAZONAS S.A.C. D) 176-2014-GR-HUANUCO/DREMH 09/09/2014 E) 18 F) V1:N8951 E394 V2:N8950 E394 V3:N8950 E390 V4:N8951 E390 6.- A) TUCANETA NEGRA 2012 B) 600010212 C) CALCARIO AMAZONAS S.A.C. D) 203- 2014-GR-HUANUCO/DREMH 20/10/2014 E) 18 F) V1: N8977 E387 V2:N8976 E387 V3:N8976 E388 V4:N8975 E388 V5:N8975 E387 V6:N8974 E387 V7:N8974 E388 V8:N8973 E388 V9:N8973 E386 V10:N8977 E386. 1162703-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Amplían programa de incentivos y beneficios tributarios para el pago de tributos municipales en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2014/MDC Carabayllo, 31 de octubre de 2014 VISTO: La Ordenanza Nº 303/MDC de fecha 28 de Mayo de 2,014, Ordenanza Municipal que establece el Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo y, el Decreto de Alcaldía Nº 009-2014/MDC de fecha 30 de setiembre del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modifi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 303/ MDC, señala que el plazo para acogerse a los benefi cios descritos en el Artículo Segundo de la citada Ordenanza que establece el Programa de Incentivos y Benefi cios Tributarios para el Pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo será desde el