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El Peruano Sábado 15 de noviembre de 2014 537682 principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modifi catorias señala que los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de conocimiento público. El Título I, artículo 4º, establece que los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; y, en su artículo 9º, establece que tiene Competencias Constitucionales para promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes en armonía con el Plan de Desarrollo Nacional, así mismo indica b) Formular y Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado. Además, en su artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Plan Concertado de Desarrollo Departamental 2008 - 2015 de San Martín, aprobado con Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRSM/CR del 21 de febrero del 2008, defi ne los objetivos estratégicos, así como objetivos específi cos, políticas y metas a ser cumplidas en dicho período, que se consideran necesarias para viabilizar el logro de la visión de largo plazo, el cual recoge las demandas y propuestas de desarrollo de cada uno de los ámbitos de la Región; Que, el 08 de septiembre del 2011, el Presidente Regional de San Martín, Sr. César Villanueva Arévalo, ratifi ca los Acuerdos de Gobernabilidad por el Desarrollo Inclusivo y Sostenible de San Martín 2011 - 2014, que recoge las políticas concertadas entre los grupos promotores y los candidatos de las agrupaciones políticas que postularon al Gobierno Regional de San Martín, consensuando políticas claves como solución a los problemas regionales: Fortalecer y mejorar el proceso de modernización y descentralización a nivel regional y local; Promover y fortalecer el trabajo intersectorial e intergubernamental en el desarrollo de la región; Promover políticas para una mayor asignación de recursos para los sectores estratégicos; e Implementar un sistema de monitoreo de la efi ciencia del gasto; Que, con Ordenanza Regional Nº 001-2012-GRSM/ CR, con fecha 13 de Marzo, se da la Aprobación del Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de San Martín 2011 – 2014, elaborado en el Marco del Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, Plan de Desarrollo Regional Concertado 2008 – 2015, Acuerdo de Gobernabilidad por el Desarrollo Inclusivo y Sostenible de San Martín 2011 – 2014 y los lineamientos de Acción 2011- 2014 del Gobierno Regional de San Martín; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2013-GRSM/CR, señala en su Artículo 32º, que es función de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto: 1) Establecer y comprometer los órganos del Gobierno Regional en la misión, la visión y los objetivos y estrategias de largo, mediano y corto plazo , en las políticas y prioridades de desarrollo regional con un enfoque territorial, aprobadas por la alta dirección; y hacer seguimiento al cumplimiento de resultados e impacto de los mismos en el ámbito regional. 2) Emitir conformidad técnica y elevar a la Presidencia el Plan de Desarrollo Regional Concertado, los planes estratégicos y operativos institucionales, el Programa Multianual de Inversiones, los documentos de gestión y el presupuesto participativo en el ámbito regional. Además, el Artículo 34º, señala que su Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional tiene como funciones: 1) Dirigir, monitorear, evaluar y actualizar el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Plan Estratégico Institucional y sus herramientas de seguimiento y monitoreo, en coordinación con los órganos correspondientes. 2) Formular, modifi car, articular y evaluar políticas, planes y programas regionales en función de la Política Territorial Regional de San Martín. 6) Proponer y coordinar los objetivos, estrategias y programas de mediano y largo plazo regional, en concertación con los gobiernos locales y otros actores del territorio, tomando en cuenta consideraciones para la reversión de los saldos migratorios negativos provinciales y una mejora en la redistribución espacial de la población; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2012- GRSM/CR, de fecha 09 de abril del año 2012, se da inicio al Proceso de Actualización y/o Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021, elaborado en el marco del Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021. Además encarga su cumplimiento a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planifi cación y Presupuesto; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 882 – 2012- GRSM/PGR, de fecha 06 de Julio del año 2012, se da la conformación del Equipo Técnico Regional enunciando el apoyo al Proceso de Actualización y Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021 del Gobierno Regional de San Martín, además de aprobar el plan de trabajo; Que, con Ordenanza Regional Nº 017-2013-GRSM/CR, de fecha 27 de Diciembre del año 2013, se da la Aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021, elaborado en el marco del Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021 a través de diversos talleres participativos y concertados en toda la región; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2014-CEPLAN/PCD, con fecha 02 de abril del 2014, se aprueba la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico – Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico Nº 001-2014-CEPLAN, indicando en su artículo 17 que el PEI es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que se redacta en la Fase Institucional y utiliza la información generada en la Fase Estratégica del sector al que pertenece o del territorio al que está vinculado. El PEI contiene la síntesis de la Fase Estratégica, la Misión, los objetivos estratégicos institucionales, indicadores, metas anuales, las acciones estratégicas y la ruta estratégica; Que, con Nota Informativa Nº 260-2014-GRSM/GRPyP, de fecha 23 de Julio del presente año, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, remite a la Gerencia General Regional la Actualización del Plan Estratégico Institucional 2011 - 2014, ajuntando el Informe Técnico Nº 016-2014-GRSM/GRPP/SGPE-ER/RTF, así como la propuesta de Ordenanza Regional, para que el Consejo Regional lo apruebe, previa opinión de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal; Que, mediante Informe Legal Nº 391-2014-GRSM/ORAL de fecha 08 de Agosto del 2014 la Ofi cina Regional de Asesoría Legal opina favorablemente para que se apruebe la actualización del Plan Estratégico Institucional – PEI 2011-2014, debiendo previamente remitir el expediente administrativo al Consejo Regional de san Martín, con la documentación sustentatoria sea analizado; Que, mediante Informe Legal Nº 041-2014-SCR- GRSM/ALE, de fecha 15 de Agosto del presente año, el Asesor Legal Externo opina porque el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín – vía Ordenanza Regional – APRUEBE la Actualización del Plan Estratégico Institucional 2011 – 2014, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria, desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevada a cabo el día Sábado 16 de Agosto del presente año, aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR La Actualización del Plan Estratégico Institucional – PEI 2011 – 2014 en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martín al 2021, cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional; Artículo Segundo.- ENCARGAR El cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, del Gobierno Regional de San Martín quienes deberán emitir las resoluciones y directivas correspondientes. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín, realice los trámites respectivos para la publicación de