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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Jueves 20 de noviembre de 2014 537993 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Iquitos - Manaos (República Federativa del Brasil) - Iquitos US$ 800.00 US$ 800.00 Viáticos: US$ 370.00 x 5 días US$ 1,850.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 2,650.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1167051-4 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan representantes del Ministerio ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, para la implementación de la R.M. Nº 260-2014-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2014-MIDIS Lima, 18 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº 205-2014-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias, y el Informe Nº 059-2014-MIDIS/VMPES, emitido por el Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual operó a partir del 1 de enero de 2012; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2014 se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para realizar las modifi caciones presupuestarias hasta por el monto de S/. 230 000 000.00 con cargo a su presupuesto institucional, a favor del FONCODES, del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de fi nanciar la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en ámbitos rurales; Que, para efectos de lo establecido en el considerando precedente, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 004-2014 dispone que FONCODES queda autorizado a constituir Núcleos Ejecutores de alcance departamental; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.4 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 004- 2014, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante Resolución Ministerial, determinará el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 260-2014- MIDIS, se determinó el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento del Núcleo Ejecutor; Que, de acuerdo al numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, los Núcleos Ejecutores de alcance departamental estarán conformados por “Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, quien tendrá el cargo de Tesorero”, entre otros; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la referida resolución ministerial señala que las instituciones públicas deberán acreditar a sus representantes mediante resoluciones emitidas por estas instituciones; Que, en dicho contexto, resulta necesario aprobar la designación de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, para la implementación de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, de acuerdo a lo precisado en los documentos de Vistos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, para la implementación de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, a las personas indicadas de acuerdo al siguiente detalle: 1. Delia Dolores Alberca Córdova, departamento de Amazonas 2. Carlos Omar Obeso Arteaga, departamento de Ancash 3. Elvyn Samuel Díaz Tello, departamento de Apurímac 4. Luís de la Cruz Márquez, departamento de Ayacucho 5. Wilfredo Emilio Chávez Flores, departamento de Cajamarca 6. Lourdes Teresa Núñez Bernal, departamento de Cusco 7. José Dulio Gómez Vásquez, departamento de Huancavelica 8. Cyntia Mónica Daga Saavedra, departamento de Huánuco 9. Eris Belenko García Rivas, departamento de La Libertad 10. Mary Celis Salinas, departamento de Loreto 11. Rómulo Claveri Jarandilla, departamento de Madre de Dios 12. Liz Zulema Bonifacio Aliaga, departamento de Pasco