Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2014 (20/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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estaran a cargo de realizar la inspeccion al laboratorio MORDAZA senalado; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, la realizacion del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la supervision de las condiciones y practicas de fabricacion de los productos farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros y que seran materia de comercializacion en el MORDAZA, resultando de interes institucional autorizar el viaje de las profesionales en mencion; Que conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria; en su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; en el articulo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modificatoria; y en la Directiva Administrativa para la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolucion Ministerial N° 7372010/MINSA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las Quimico Farmaceuticas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Quinte MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de Dehradun, Republica de la MORDAZA, del 20 al 30 de noviembre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasajes tarifa economica (incluido TUUA c/u US$ 9,991.53 para 2 personas) : US$ 19,983.06 - Viaticos por 6 dias (c/u US$ 3,000.00, para 2 personas) : US$ 6,000.00 --------------------Total : US$ 25,983.06

El Peruano Jueves 20 de noviembre de 2014

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 249-2014-TR MORDAZA, 19 de noviembre de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 697-2014-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Tecnico Nº 014-2014-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 1356-2014MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, es aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2006TR, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 1072007-TR, 285-2007-TR, 055-2008-TR, 127-2008-TR, 192-2008-TR, 323-2008-TR, 021-2010-TR, 262-2010-TR, 014-2011-TR, 029-2013-TR, 089-2013-TR, 107-2013-TR y Decretos Supremos Nºs. 010-2009-TR y 010-2012-TR; Que, el numeral 36.3 del articulo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la simplificacion de los procedimientos, podran aprobarse por resolucion ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del articulo 38 de dicha Ley, dispone que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 1922008-TR modifica los requisitos de los procedimientos consignados en los numerales 37, 38, 39, 40, 41, 47, 48, 108, 109, 110, 111, 112 y 113, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a fin de permitir la realizacion del tramite a traves del MORDAZA institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www. trabajo.gob.pe); y dispone en su MORDAZA parrafo, que, previo al inicio de los referidos procedimientos los administrados deberan alcanzar debidamente llenado el formato contenido en el Anexo I o en el Anexo II, relacionado a la acreditacion presencial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprueba el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el beneficio de la ciudadania y para una mejor aplicacion por parte de las entidades publicas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 069-2012TR se conforma el Comite de Direccion del MORDAZA de Simplificacion Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, como instancia politica responsable de la puesta en marcha del MORDAZA de simplificacion administrativa del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, por Resolucion Ministerial Nº 089-2013-TR se reducen los costos de derechos de tramitacion de los procedimientos administrativos consignados en los numerales 42, 43 y 77, asimismo, se reducen los plazos de atencion de los procedimientos consignados en los numerales 42 y 43 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 107-2013TR se reducen los costos de derechos de tramitacion de los procedimientos consignados en los numerales 109, 110, 111 y 112, asimismo, reduce el plazo de atencion del procedimiento consignado en el numeral 39 y la eliminacion de la tasa extemporanea del procedimiento consignado en el numeral 101, del Texto Unico de

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno las referidas profesionales deberan presentar un informe detallado, dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a las que acudiran y la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1167051-6

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