Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2014 (21/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014

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R.J. N° 269-2014/JNAC/RENIEC.- Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Camonashari, departamento de MORDAZA . 538081 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 7495-2014.- Autorizan al Banco de la Nacion la apertura de oficina especial temporal en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA 538082

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza N° 169-2014/MDP.- Establecen MORDAZA de actualizacion masiva de licencia de funcionamiento en el distrito 538083 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Ordenanza N° 496-MSS.- Reglamentan el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores en el distrito 538084 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL MORDAZA CERRO Ordenanza N° 12-2014-MPGSCO.- Aprueban version digital del Plano Georeferenciado del Area MORDAZA y Area de Expansion MORDAZA del distrito de Omate y anexos 538093 que permitan atender la situacion senalada en los considerandos precedentes, con la finalidad de reforzar el dinamismo de la economia nacional y el subsecuente crecimiento economico, contrarrestando asi los efectos de la desaceleracion de la economia internacional. De esta manera se busca salvaguardar el crecimiento de la economia nacional y evitar la afectacion de los sectores mas vulnerables; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA:

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA R.J. N° 001-004-00003413.- Dejan sin efecto designacion de Auxiliar Coactivo del SAT 538082

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 005-2014 DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ADICIONALES PARA ESTIMULAR LA ECONOMIA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, recientemente, organismos multilaterales han revisado a la baja las proyecciones de crecimiento economico de las economias avanzadas y emergentes para los anos 2014 y 2015. Asi, el 7 de Octubre el Fondo Monetario Internacional publico la actualizacion de su reporte "Perspectivas Economicas Mundiales" senalando que la economia mundial se encuentra en un equilibrio de crecimiento bajo, sin signos MORDAZA de una recuperacion robusta en el corto plazo y con elevados riesgos economicos y financieros; Que, de acuerdo a las proyecciones del Fondo Monetario Internacional, el actual contexto internacional de menor crecimiento mundial de economias emergentes, caida de precio de materias primas y mayores costos financieros impactaria en mayor magnitud a MORDAZA Latina que a otros bloques economicos; Que, la economia peruana se encuentra en un MORDAZA de recuperacion gradual, incluyendo mejora en las expectativas de los agentes economicos; sin embargo, el entorno internacional adverso y volatil presenta riesgos a la consolidacion de esta recuperacion; Que, el precio internacional promedio del petroleo ha pasado de US$ 106 por barril a finales del mes de junio del ano 2014 a US$ 75 por barril hacia mediados de noviembre de 2014, niveles no observados desde octubre del 2011; sin embargo, esta significativa reduccion de casi 30% no se ha visto reflejada en su totalidad en los precios internos de combustibles afectando a la economia nacional a traves de mayores costos; Que, resulta urgente y necesario establecer medidas a fin de evitar perjuicios economicos y sociales que podrian suscitarse de no adoptarse una adecuada y oportuna intervencion en relacion con el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo; Que, es de interes nacional y resulta urgente adoptar medidas extraordinarias en materia economica y financiera

Articulo 1.- Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes sobre materia economica y financiera, de caracter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economia. Articulo 2.- Financiamiento de acciones de mantenimiento Autorizase a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Publicas, a utilizar hasta un cuarenta por ciento (40%) de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalia minera, asi como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, para ser destinado a acciones de mantenimiento. Para tal efecto, las entidades quedan exoneradas de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del articulo 41 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Los gobiernos regionales o los gobiernos locales que tengan autorizacion legal expresa respecto al uso de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalia minera, en porcentaje mayor a lo establecido en el presente articulo, se rigen por lo establecido en dicha autorizacion. Articulo 3.- Financiamiento para adquisicion de uniformes para Policia Nacional Autorizase al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico, a efectos de financiar la adquisicion de uniformes y prendas complementarias para la Policia Nacional del Peru, a traves de la modalidad del Nucleo Ejecutor, en el MORDAZA de lo establecido en el Capitulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011 y modificatorias. Para tal efecto, exonerese al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social de lo establecido en el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

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