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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014 538041 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 005-2014 DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS ADICIONALES PARA ESTIMULAR LA ECONOMÍA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, recientemente, organismos multilaterales han revisado a la baja las proyecciones de crecimiento económico de las economías avanzadas y emergentes para los años 2014 y 2015. Así, el 7 de Octubre el Fondo Monetario Internacional publicó la actualización de su reporte “Perspectivas Económicas Mundiales” señalando que la economía mundial se encuentra en un equilibrio de crecimiento bajo, sin signos claros de una recuperación robusta en el corto plazo y con elevados riesgos económicos y fi nancieros; Que, de acuerdo a las proyecciones del Fondo Monetario Internacional, el actual contexto internacional de menor crecimiento mundial de economías emergentes, caída de precio de materias primas y mayores costos fi nancieros impactaría en mayor magnitud a América Latina que a otros bloques económicos; Que, la economía peruana se encuentra en un proceso de recuperación gradual, incluyendo mejora en las expectativas de los agentes económicos; sin embargo, el entorno internacional adverso y volátil presenta riesgos a la consolidación de esta recuperación; Que, el precio internacional promedio del petróleo ha pasado de US$ 106 por barril a fi nales del mes de junio del año 2014 a US$ 75 por barril hacia mediados de noviembre de 2014, niveles no observados desde octubre del 2011; sin embargo, esta signifi cativa reducción de casi 30% no se ha visto refl ejada en su totalidad en los precios internos de combustibles afectando a la economía nacional a través de mayores costos; Que, resulta urgente y necesario establecer medidas a fi n de evitar perjuicios económicos y sociales que podrían suscitarse de no adoptarse una adecuada y oportuna intervención en relación con el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo; Que, es de interés nacional y resulta urgente adoptar medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera que permitan atender la situación señalada en los considerandos precedentes, con la fi nalidad de reforzar el dinamismo de la economía nacional y el subsecuente crecimiento económico, contrarrestando así los efectos de la desaceleración de la economía internacional. De esta manera se busca salvaguardar el crecimiento de la economía nacional y evitar la afectación de los sectores más vulnerables; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y fi nanciera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía. Artículo 2.- Financiamiento de acciones de mantenimiento Autorízase a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Públicas, a utilizar hasta un cuarenta por ciento (40%) de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalía minera, así como de los saldos de balance generados por dichos conceptos, para ser destinado a acciones de mantenimiento. Para tal efecto, las entidades quedan exoneradas de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Los gobiernos regionales o los gobiernos locales que tengan autorización legal expresa respecto al uso de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalía minera, en porcentaje mayor a lo establecido en el presente artículo, se rigen por lo establecido en dicha autorización. Artículo 3.- Financiamiento para adquisición de uniformes para Policía Nacional Autorízase al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a efectos de fi nanciar la adquisición de uniformes y prendas complementarias para la Policía Nacional del Perú, a través de la modalidad del Núcleo Ejecutor, en el marco de lo establecido en el Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011 y modifi catorias. Para tal efecto, exonérese al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social de lo establecido en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. R.J. N° 269-2014/JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa Rosa de Camonashari, departamento de Junín . 538081 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 7495-2014.- Autorizan al Banco de la Nación la apertura de ofi cina especial temporal en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima 538082 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA R.J. N° 001-004-00003413.- Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo del SAT 538082 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza N° 169-2014/MDP.- Establecen campaña de actualización masiva de licencia de funcionamiento en el distrito 538083 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza N° 496-MSS.- Reglamentan el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito 538084 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL SANCHEZ CERRO Ordenanza N° 12-2014-MPGSCO.- Aprueban versión digital del Plano Georeferenciado del Área Urbana y Área de Expansión Urbana del distrito de Omate y anexos 538093