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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014 538047 Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se adscribe el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2010-MINAM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; Que, de conformidad con el artículo 36 numeral 36.3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo el artículo 38 numeral 38.5 de la misma Ley, establece que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 numeral 11.2 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, los TUPA de los Organismos Públicos Descentralizados del Gobierno Nacional, previamente a su aprobación, deberán contar con la opinión de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se encuentren adscritos; asimismo, conforme a su artículo 12, para la revisión y aprobación del proyecto de TUPA o de su modifi catoria, se debe contar, entre otros aspectos, con el Informe Técnico de la Ofi cina de Planeamiento de la entidad, o quien haga sus veces y los formatos de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos; Que, mediante los documentos del visto la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI remite propuesta de modifi cación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, efectuada de conformidad con el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública, y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, la propuesta de modifi cación al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, cuenta con la documentación a que se refi eren el artículo 11 numeral 11.2 y el artículo 12 de los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Con el visado de la Secretaría General; de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; el Decreto Supremo Nº 062- 2009-PCM que aprueba el Formato del TUPA; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de derechos de trámite Aprobar la modifi cación de los derechos de trámite de los Procedimientos denominados Expendio de Información Meteorológica procesada y Expendio de Información Hidrológica procesada, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2010- MINAM, conforme a lo señalado en el formato del TUPA que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Eliminación de tres 03 Procedimientos Administrativos Aprobar la eliminación de tres (03) Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2010 MINAM, debidamente sustentada en aplicación a la metodología de Simplifi cación Administrativa, de acuerdo al siguiente detalle: - Desarrollo de Tendencia Climática por “Estaciones” del Año en Localidades Regiones y a Nivel Nacional. - Elaboración de los Pronósticos en la Agrometeorología. - Elevación de Observaciones a las Bases Provenientes de Procesos de Selección. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del texto del TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, con las modifi caciones dispuestas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Disponer la publicación del texto del TUPA del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI, con las modifi caciones dispuestas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, incluido sus formularios, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el Portal del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI (www.senamhi.gob. pe) de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1167395-2 Disponen la publicación en el portal web institucional del Ministerio, del Proyecto de “Compendio de Guías a ser aplicadas en los Procedimientos de Control y Vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados .- OVM” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2014-MINAM Lima, 19 de noviembre de 2014 Visto, el Memorándum Nº 586-2014/MINAM/ DVMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe Nº 207-2014-MINAM-DVMDERN/DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM), cuyo objetivo es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno y así asegurar a las presentes y futuras