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El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014 538054 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 687-2014-DE/ Lima, 20 de noviembre de 2014 Visto, la Carta del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador de fecha 20 de octubre de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador, con el fi n de dar cumplimiento al Entendimiento Nº 7 del Acta de la XIX Reunión de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Ecuador y Perú, suscrita en el Cuzco-Perú el 11 de julio de 2014, comunica que la reunión de trabajo entre los responsables de Seguridad de Fronteras de los Estados Mayores de Ecuador y Perú, se realizará en la ciudad de Manta, República del Ecuador, del 24 al 28 de noviembre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Manta, República del Ecuador, del personal militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se nombra en la parte resolutiva, a fi n que participe en la reunión de trabajo entre los responsables de Seguridad de Fronteras de los Estados Mayores de Ecuador y Perú para establecer un programa de reorientación y reasignación de Fuerzas en la frontera común, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratar redundarán en benefi cio del Sector; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar designado durante la totalidad de la referida comisión, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación al inicio de la misma; Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, al Mayor General FAP Juan Carlos CASTRO Malarín, identifi cado con DNI Nº 43376314 y al Coronel EP Salvador Martin CABREJOS Vargas, identifi cado con DNI Nº 18067559, a fi n que participen en la reunión de trabajo entre los responsables de Seguridad de Fronteras de los Estados Mayores de Ecuador y Perú, a realizarse en la ciudad de Manta, República del Ecuador, en el período del 24 al 28 de noviembre de 2014, autorizando su salida del país el 23 de noviembre de 2014. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Guayaquil - Lima: US$ 431.06 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 862.12 Viáticos: US$ 370.00 x 6 días x 2 personas US$ 4,440.00 TOTAL A PAGAR: US$ 5,302.12 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4°.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, el personal militar, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1167660-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 689-2014-DE/ Lima, 20 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR llevada a cabo el 16 de diciembre de 2008 en la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR, el Consejo de Defensa Suramericano (CDS) como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa; Que, de acuerdo al Estatuto del CDS, dicho Consejo está integrado por una Instancia Ejecutiva, encabezada por los Viceministros(as) de Defensa o sus equivalentes; y por los Ministros(as) de Defensa, de los países miembros de UNASUR (art. 6), quienes se reúnen anualmente en reuniones ordinarias (art. 12); con la fi nalidad de aprobar el Plan de Acción Anual; así como otras actividades no contempladas en el mismo; Que, la ejecución de las iniciativas, actividades y proyectos considerados en el Plan de Acción anual del CDS, son compromisos adquiridos por los Estados Miembros y contempla la conformación de grupos de trabajos multinacionales con personal profesional y especialista en temas específi cos, quienes en cumplimiento al art. 13 del Estatuto, formularán propuestas y sugerencias por Consenso, para ser elevado a la instancia superior; Que, las actividades del Plan de Acción 2014 fueron aprobadas por las Ministras y Ministros de Defensa en la V Reunión Ordinaria del Consejo de Defensa Suramericano, que se realizó en la ciudad de Paramaribo, República de Suriname el 20 de febrero de 2014, donde ratifi can su fi rme empeño en la consolidación de Suramérica como Zona de Paz, por medio de la promoción permanente de