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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538765 Supremo será la Municipalidad Provincial de Chincheros. Artículo 5.- Convenio de Traspaso de Recursos 5.1 El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la Municipalidad Provincial de Chincheros, los recursos de la operación de endeudamiento interno que se aprueba en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial. 5.2 Dicho Convenio establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones referidos a la atención del servicio de la deuda. Artículo 6.- Suscripción de documentos Autorícese al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de la operación de endeudamiento interno y la operación de administración de deuda que se aprueban en los Artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emisión del Bono a que se refi ere el Artículo 3 de este Decreto Supremo. Artículo 7.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen la operación de endeudamiento interno y la operación de administración de deuda que se aprueban mediante los Artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1170902-5 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Locales en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal DECRETO SUPREMO Nº 332-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29332 y modifi catoria, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, cuyo objeto es incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, incorpora como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el que en adelante se denomina “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal”, la simplifi cación de trámites, la mejora en la provisión de servicios públicos y la prevención de riesgos; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para fi nanciar el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 100 000 000,00); señalándose que dichos recursos se incorporan en los Gobiernos Locales correspondientes mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Dirección General de Presupuesto Público, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2014-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014, estableciéndose en el artículo 9 de dichos procedimientos que los recursos para el PIan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014 serán distribuidos en dos partes, cada una hasta el 50% de los recursos asignados al citado Plan para el año 2014; asimismo, ambas partes están condicionadas al cumplimiento de determinadas metas y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento señaladas en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, mediante el artículo 10 de los procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se establece que los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal no asignados por incumplimiento de metas durante el año 2014, son distribuidos de manera adicional entre aquellas municipalidades que cumplieron con todas las metas evaluadas durante dicho año; Que, asimismo, el artículo 12 de los procedimientos aprobados mediante el Decreto Supremo citado en el considerando precedente, señala que la transferencia de los mencionados recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de julio del año 2014, se realiza a partir del mes de octubre del año 2014; Que, mediante Resolución Ministerial N° 089-2014- EF/11, se aprobaron los montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las municipalidades que cumplan con el 100% de las metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el Año 2014; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 020- 2014-EF/50.01, cuyo Anexo fue modifi cado mediante la Resolución Directoral Nº 022-2014-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha aprobado los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, correspondientes al 31 de julio de 2014; Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de los procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, establece que para efectos de la transferencia de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal que se efectúa a partir de los meses de abril y octubre del año fi scal 2014, se deberá considerar la información remitida por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros en el mes inmediato anterior a la aprobación de la respectiva transferencia; Que, mediante Ofi cio N° 2104-2014-PCM/SD de fecha 10 de setiembre de 2014, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, al amparo de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y modifi catoria, remitió la relación