Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

538762
de Cotabambas - Apurimac"; los cuales seran ejecutados por las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas; Que, tal operacion de endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "sectores economicos y sociales" referido en el literal a) del numeral 4.2 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda en MORDAZA con los lineamientos contenidos en la Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos, las cuales no estan sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, la Ley N° 30116, y la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por S/. 134 792 615,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar los Proyectos mencionados en el tercer considerando del presente Decreto Supremo. 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 05 de enero de 2019, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 4,67% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados de forma semestral, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el Articulo 1 de este Decreto Supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el Articulo 1 de este Decreto Supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero del 2019. Articulo 3.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 134 792 615,00 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: Monto a emitir Valor Nominal : Hasta por S/. 134 792 615,00 : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029. : Nuevos Soles. : 6,0% nominal anual fija. : Libremente negociables. : Oferta privada al Banco de la Nacion. : El dia siguiente a la fecha de pago del prestamo. : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de Lima.

Moneda Tasa Cupon Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion Fecha de colocacion Registro

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de enero de 2019. Articulo 4.- Unidades Ejecutoras 4.1 Los proyectos "Mejoramiento del Servicio Educativo de la Institucion Educativa Integrada de Sorcco, de la Comunidad de Sorcco, Distrito de Coyllurqui - Cotabambas - Apurimac", "Mejoramiento del Servicio Educativo en la Institucion Educativa Secundaria Cema Sorcco, de la Comunidad de Sorcco, Distrito de Coyllurqui - Cotabambas - Apurimac" y "Mejoramiento del Servicio Educativo de la Institucion Educativa Integrada de Nahuinlla, de la Comunidad de Nahuinlla, Distrito de Coyllurqui - Cotabambas - Apurimac"; seran ejecutados por la Municipalidad Distrital de Coyllurqui. 4.2 Los proyectos "Mejoramiento de los Servicios Educativos de 04 I.E. Primarias del , Distrito de Haquira - Cotabambas - Apurimac", "Mejoramiento del MORDAZA Vecinal de Pauchimarcallac - Huancascca - Hapuro del Distrito de Haquira, Provincia de Cotabambas - Apurimac" y "Mejoramiento y Construccion de la Carretera Llac-Hua - Patahuasi - Antapunco - Peccoy - Huancascca - Winchos Jata, Distrito de Haquira - Cotabambas - Apurimac"; seran ejecutados por la Municipalidad Distrital de Haquira. 4.3 Los proyectos "Mejoramiento de la Trocha Carrozable de la Localidad de Churama a las Localidades de Huancuire, Molinopata, Ccayccopampa y Anta Anta, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurimac", "Mejoramiento de la Trocha Carrozable de la Localidad de Huanacopampa a las Localidades de Pararani, Tambulla, Lahuani, Ccochahuacho, Llamahuari, Choccoyo, Ccayarani, Chontahuillque, Huaraccoyo, Sauasama y Patario del -, Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurimac", "Mejoramiento de la Oferta del Servicio Educativo en las Instituciones Educativas de Nivel Inicial: Nº 998 MORDAZA Velasco MORDAZA y Nº 1001 Los Alamos Distrito de Challhuahuacho - Cotabambas - Apurimac", "Mejoramiento de la Oferta del Servicio Educativo en las Instituciones Educativas de Nivel Inicial: N° 999 de la Localidad de Challa Challa, y N° 1000 de la Localidad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.