Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

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Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero R$. 15,492.39/30 x 03 dias x 01 persona R$. 1,549.24 R$. 15,492.39 x 01 mes x 01 personas R$. 15,492.39

MORDAZA BLASQUEZ, su viaje lo realizara en compania de su senora esposa, y de su menor hijo, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de tramites administrativos de salida del pais; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que correspondan, el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, el articulo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, senala que el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BLASQUEZ, identificado con DNI Nº 43392596, para realizar la Pasantia de Idioma Portugues y el Curso de Comando y Estado Mayor y posteriormente desempenarse como Instructor invitado, en la Escuela de Comando y Estado Mayor, de la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 28 de noviembre de 2014 al 04 de diciembre de 2016, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 27 de noviembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje de Ida: MORDAZA ­ Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil) (Clase economica) US $. 1,000.00 x 03 (Titular, esposa e hijo) US$. 3,000.00 Gastos de Desplazamiento - Ida R$. 15,492.39 x 2 x 01 persona R$. 30,984.78

Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 6º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El personal militar designado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1170904-2 RESOLUCION SUPREMA Nº 706-2014-DE/EP MORDAZA, 27 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 2499/DIEDOC/C-5.b del 29 de octubre de 2014, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 144/14-ADIDEFEX/PERU del 30 de setiembre de 2014, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Peru, informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, que el Estado Mayor del Ejercito Brasileno incluyo en el Plan de Cursos y Pasantias para Militares Extranjeros en el Ejercito Brasileno, para el ano 2015, el Curso de Formacion y Graduacion en Ingenieria Cartografica en el Instituto Militar de Ingenieria del Ejercito de la Republica Federativa del Brasil, con una duracion de 5 anos, del 28 de noviembre de 2014 al 31 de diciembre de 2019; Que, con el documento del visto el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la

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