TEXTO PAGINA: 9
El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538751 Que, en mérito a lo dispuesto en el numeral 5.2.4 de la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, antes mencionada, la Secretaría de Descentralización ha recibido, mediante los Ofi cios de Vistos, una propuesta de requisitos específi cos mínimos para la transferencia de las ocho (08) funciones sectoriales en materia de transportes, comprendidas en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, por lo que corresponde su aprobación por la Resolución Secretarial correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27867 y N° 28273; los Decretos Supremos Nº 007-2007-PCM y N° 103- 2011-PCM; la Directiva N° 007-2007-PCM, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD; y, en uso de las atribuciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación de los Requisitos Específi cos Mínimos para la Transferencia de las Funciones Sectoriales comprendidas en el Art. 56 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en materia de transportes, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobados por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046-2007-PCM/ SD Modifíquese los requisitos específi cos mínimos para la transferencia de las funciones sectoriales comprendidas en el Art. 56 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en materia de transportes, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobados por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046- 2007-PCM/SD, por los propuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su aplicación en la etapa de certifi cación del proceso de transferencia de dichas funciones, los mismos que en Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretario de Descentralización (e) Presidencia del Consejo de Ministros 1170756-1 AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0648-2014-MINAGRI Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 480-2014-MINAGRI-DIGNA/DG de fecha 30 de octubre de 2014, del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 83 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, se crea el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, como órgano adscrito al Ministerio de la Producción; Que, asimismo, el mencionado artículo establece la conformación del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, el cual está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0670-2009- AG, se designó a los entonces Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria y Director de Agronegocios, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante el CODEMYPE; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014- MINAGRI, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, en cuya nueva estructura organizacional no se encuentra como órganos estructurados las mencionadas Direcciones; Que, mediante el documento de Visto, el Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, solicita la actualización de la representación del MINAGRI ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – CODEMYPE; Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar la representación del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la representación conferida mediante Resolución Ministerial Nº 0670-2009- AG, dándose las gracias a los representantes designados por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios y al Ingeniero Marino Ulises Álvarez Navarro, profesional de la Dirección General de Negocios Agrarios, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE, así como a los representantes y ex representantes mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1169747-1 Modifican la R.D. Nº 58-2009-AG- SENASA-DSV en el extremo relacionado a los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de rizomas de cartucho o calla lily de origen y procedencia Holanda RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0050-2014-MINAGRI-SENASA-DSV 14 de noviembre de 2014 VISTO: El Informe ARP Nº 046-2012-AG-SENASA-DSV- SARVF de fecha 10 de diciembre de 2012, el cual, al identifi car y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone la actualización de