Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Educativos de la I.E.P.M. 54196 de Ocobamba, Distrito de Ocobamba, Provincia de Chincheros - Apurimac"; "Mejoramiento del Sistema de Riego de las Localidades de Miraflores y Challhuani, Distrito de MORDAZA Huallo, Provincia de Chincheros - Apurimac"; "Ampliacion de Red Primaria y Secundaria del Servicio de Energia Electrica con Reforzamiento de Redes Primarias de 08 Localidades del MORDAZA de Chincheros, Provincia de Chincheros Apurimac"; "Ampliacion de Red Primaria y Secundaria del Servicio de Energia Electrica con Reforzamiento de Redes Primarias de la MORDAZA Periferica del MORDAZA de Chincheros, Provincia de Chincheros - Apurimac"; y "Mejoramiento del MORDAZA Vecinal Uranmarca - Totorabamba, Provincia de Chincheros - Apurimac"; los cuales seran ejecutados por la Municipalidad Provincial de Chincheros; Que, tal operacion de endeudamiento interno se efectuara con cargo al monto autorizado para "sectores economicos y sociales" referido en el literal a) del numeral 4.2 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda en MORDAZA con los lineamientos contenidos en la Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos, las cuales no estan sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal, ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento interno, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y la Resolucion Directoral Nº 052006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por S/. 29 348 369,00 (VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar los Proyectos "Mejoramiento del Servicio Educativo, para el Fortalecimiento de las Capacidades de Aprendizaje de los Estudiantes de las I.E. Iniciales 45 MORDAZA de MORDAZA Huaccana, 475-37 Moyaccasa y 487 Maucallacta, Distrito de Huaccana - Chincheros Apurimac"; "Mejoramiento del Servicio Educativo, para el Fortalecimiento de las Capacidades de Aprendizaje de los Estudiantes de las I.E. Iniciales 475-18 MORDAZA MORDAZA de Huarapari, 475-34 de Toccsopampa y 902 de Toccso Sauri Chullakichka, Distrito de Huaccana - Chincheros Apurimac"; "Mejoramiento de la Oferta de los Servicios Educativos de la I.E.P.M. 54196 de Ocobamba, Distrito de Ocobamba, Provincia de Chincheros - Apurimac"; "Mejoramiento del Sistema de Riego de las Localidades de Miraflores y Challhuani, Distrito de MORDAZA Huallo, Provincia de Chincheros - Apurimac"; "Ampliacion de Red

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

Primaria y Secundaria del Servicio de Energia Electrica con Reforzamiento de Redes Primarias de 08 Localidades del MORDAZA de Chincheros, Provincia de Chincheros Apurimac"; "Ampliacion de Red Primaria y Secundaria del Servicio de Energia Electrica con Reforzamiento de Redes Primarias de la MORDAZA Periferica del MORDAZA de Chincheros, Provincia de Chincheros - Apurimac"; y "Mejoramiento del MORDAZA Vecinal Uranmarca - Totorabamba, Provincia de Chincheros - Apurimac". 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno, sera integramente cancelado en una (01) cuota, el 05 de MORDAZA del 2017, y devengara una tasa de interes efectiva anual de 4,7399% sobre el monto efectivamente desembolsado. Los intereses seran pagados de forma semestral, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el Articulo 1 de este Decreto Supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el Articulo 1 de este Decreto Supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de MORDAZA del 2017. Articulo 3.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 29 348 369,00 (VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: : Hasta por S/. 29 348 369,00. : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de febrero de 2029. Moneda : Nuevos Soles. Tasa Cupon : 6,0% nominal anual fija. Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables. Modalidad de colocacion : Oferta privada al Banco de la Nacion. Fecha de colocacion : El dia siguiente a la fecha de pago del prestamo. Registro : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de Lima. Monto a emitir Valor Nominal

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 06 de MORDAZA del 2017. Articulo 4.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de los proyectos mencionados en el numeral 1.1 del Articulo 1 del presente Decreto

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