Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538750 Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la presente Ley, los recursos provenientes de la enajenación de activos y otros por pérdida de dominio en el marco del Decreto Legislativo Nº 1104, constituyen Recursos Determinados del pliego Presidencia del Consejo de Ministros y se incorporan en el presupuesto institucional de dicho pliego en la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI; Que, la CONABI a través del Memorando Nº 425-2014- PCM/CONABI-P y el Informe Nº 045-2014-PCM/CONABI- SE-PT manifi esta que en el marco de lo dispuesto por la Quinta Disposición Complementaría Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1104, que modifi ca la Legislación sobre Pérdida de Dominio, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2012-PCM, la CONABI ha obtenido la transferencia de recursos del FEDADOI por la suma de US$ 120 320,67 que permitirá fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público por la suma de S/. 35 000,00 para atender obligación fi nanciera a favor del colaborador efi caz con clave WPM-20028; Que, con Resolución Ministerial Nº 265-2014-PCM se incorporan mayores fondos públicos vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados por la suma de S/. 35 000,00, para atender el pago del colaborador efi caz clave WPM-20028; Que, el inciso iii), del literal a), del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30114 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014”, autoriza en el presente Año Fiscal, de manera excepcional, la realización de transferencias fi nancieras entre entidades, en la que se encuentra comprendida la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo a los recursos que custodia y administra la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI. Dicha transferencias se realizan mediante Resolución del Titular, conforme al procedimiento indicado en el numeral 12.2 del citado artículo; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y sus modifi catorias; Con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados –CONABI de la Presidencia del Consejo de Ministros a realizar la transferencia fi nanciera al Ministerio Público, hasta por la suma de Treinta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos soles (S/. 35 000,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, proveniente de los recursos del desactivado FEDADOI administrado por la CONABI, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 093-2012-PCM. Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será afectado al Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 015: Comisión Nacional de Bienes Incautados –CONABI, Actividad 5003597 Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado, fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencia, a favor del Pliego 022: Ministerio Público. Artículo 3.- La Comisión Nacional de Bienes Incautados será responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual fueron entregados los recursos, según lo establecido en el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1170750-1 Modifican Requisitos Específicos Mínimos para la Transferencia de las Funciones Sectoriales comprendidas en el Art. 56 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en materia de transportes, a la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 040-2014-PCM/SD Lima, 20 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios N° 315-2014-MTC/02 y N° 824-2014- MTC/02 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Informe N° 065-2014-PCM/SD-OTME, emitido por la Ofi cina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización; CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es la encargada de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 007-2007-PCM; Que, por Resolución de la Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD: “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM del 31 de diciembre de 2011, se ha dispuesto que el proceso de transferencia de las funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados en los Planes Anuales de Transferencia aprobados hasta el año 2010, que se encuentren pendientes, continuarán hasta su formalización de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización y las directivas aprobadas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 5.2.4 de la citada Directiva establece que los Sectores del Gobierno Nacional propondrán a la Secretaría de Descentralización los requisitos específi cos que serán solicitados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de las funciones sectoriales comprendidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046-2007-PCM/SD se aprobaron los requisitos específi cos mínimos propuestos por los Sectores para su aplicación en la etapa de certifi cación del proceso de transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, comprendidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, el cual incluyó las funciones sectoriales pendientes de certifi cación, acreditación y efectivización, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia 2004, 2005 y 2006, aprobados por los Decretos Supremos Nº 038-2004-PCM, Nº 052-2005-PCM, Nº 021-2006-PCM y Nº 076-2006-PCM, respectivamente; Que, el “Plan de Acción Sectorial para la Transferencia de Funciones Sectoriales de Transportes a la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia en su Segunda Sesión Ordinaria, fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de octubre del año en curso, conforme a los términos de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 022-2014-PCM/SD; Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.2, del rubro II. Etapa Inicial, del Plan de Acción antes mencionado, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha reevaluado los requisitos específi cos mínimos aprobados por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 046-2007-PCM/SD;