Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

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De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto; asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia en el distrito de Paruro, de la provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, por el termino de treinta (30) dias calendario, a partir del 30 de noviembre de 2014, declarado por Decreto Supremo Nº 063-2014-PCM. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA y la Municipalidad Provincial de Paruro, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Salud, el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Agricultura y Riego, y demas instituciones publicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, continuaran con la ejecucion de las medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, debera de continuar con las coordinaciones necesarias con el Gobierno Regional de MORDAZA, con la Municipalidad Provincial de Paruro, y con los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben continuar con la ejecucion de las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; con la finalidad de que estas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia de la presente prorroga, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Educacion, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1170904-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Paruro, de la provincia de Paruro, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 071-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2014-PCM publicado el dia 30 de setiembre de 2014, se declaro por el plazo de sesenta (60) dias calendario, el Estado de Emergencia en el distrito de Paruro, de la provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, a consecuencia del sismo de magnitud 5.1 en la escala de Richter, registrado el dia 27 de setiembre de 2014 a las 21:35 horas al sur oeste del distrito de Paruro, de la provincia de Paruro, del Departamento de Cusco; con el fin de ejecutar medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 681-2014-GR CUSCO/PR, de fecha 17 de noviembre de 2014, sustentado en el Informe de Emergencia N° 79620/11/2014/COEN-INDECI/13:00 HORAS, en el Informe N° 50-2014-SGDS-MPP de la Municipalidad Provincial de Paruro y en el Informe N° 162-2014-GR CUSCO/OGRS-D del Gobierno Regional MORDAZA, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI se tramite la prorroga del Estado de Emergencia en el distrito de Paruro, de la provincia de Paruro, del Departamento de MORDAZA, para la continuidad de las acciones de emergencia y trabajos de rehabilitacion, asi como para atender las necesidades de reubicacion temporal de las familias damnificadas de las Comunidades de Misca y Cusibamba; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, mediante Informe Tecnico Nº 038-2014-INDECI/11.0 de fecha 24 de noviembre de 2014, considerando el sustento presentado por el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Informe Nº 162-2014-GR CUSCO/OGRS-D, asi como el Informe de Emergencia Nº 796-20/11/2014/COEN-INDECI/13.00 HORAS; informa que tanto el Gobierno Regional de MORDAZA, como la Municipalidad Provincial de Paruro y varios sectores tienen pendiente la ejecucion de acciones de respuesta a la emergencia; asi como trabajos de rehabilitacion; la reubicacion temporal de las familias damnificadas de las comunidades de Misca y Cusibamba, para lo cual se requiere adoptar acciones de habilitacion de servicios basicos, culminar con el montaje de modulos de viviendas prefabricadas, recuperacion de los sistemas de riego, manteniendo la continuidad de la atencion de salud, educacion y alimentacion, habiendose establecido un cronograma de actividades por ejecutar; las cuales seran coordinadas permanentemente con el Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de Desastres, la Plataforma de Defensa Civil y su respectivo Centro de Operaciones de Emergencia Regional ­ COER, bajo la coordinacion del INDECI; por lo que emite opinion favorable senalando que amerita la aprobacion de la prorroga de la Declaratoria del Estado de Emergencia en el distrito de Paruro, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, por el plazo de treinta (30) dias calendario; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo Nº 063-2014PCM, y subsistiendo la necesidad de ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, es necesario prorrogar su vigencia, para lo cual se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitida con el Memorandum Nº 560-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde prorrogar el estado de emergencia;

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