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El Peruano Miércoles 8 de octubre de 2014 534382 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; y con las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía Nº 211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014); RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área total de 22,900.00 m², terreno constituido por las Parcelas 10201, 10203 y 10204 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Nº 300053 y Partida Nº 46244702 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización Dueñas y la Urbanización San Valentín II Etapa, ubicado en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado con el Nº 088-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO DE AREAS “URB. DUEÑAS” AREA BRUTA TOTAL: 10,965.00 M2 AREA DE LOTES DE VIVIENDA 6,685.72 M2 AREA DE COMPENSACION 285,69 M2 AREA DE VIAS 3,993.59 M2 CUADRO DE AREAS “SAN VALENTIN II” AREA BRUTA TOTAL: 11,935.00 M2 AREA DE LOTES DE VIVIENDA 7,398.13 M2 AREA DE COMPENSACION 755.31 M2 AREA DE VIAS 3,781.56 M2 CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA TOTAL: 22,900.00 M2 AREA UTIL DE VIVIENDA (111 LOTES) 14,083.85 M2 AREA DE COMPENSACION 1,041.00 M2 AREA DE VIAS 7,775.15 M2 Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la resolución municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº 088-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN, para los fi nes que corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARMEN ROSA BEAS ARANDA (e) Alcaldía 1146746-1 Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble constituido por terreno sobre el cual se localiza la Urbanización Fhiladelfia I Etapa, ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 235-2014/MDSMP San Martín de Porres, 1 de octubre del 2014. LA TENIENTE ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 471-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio, del terreno constituido por la Parcela Nº 10223 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha Nº 444128 y continuada en la Partida Electrónica Nº 46244893 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, y sobre el cual se ha constituido la Urbanización Fhiladelfi a I Etapa, cuya área total es de 48,400.00 m²; Que, mediante Informe Nº 1244 -2014-SGCyHU-GDU- MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 003- 2014-MPA-SGCHU-GDU/MDSMP, se indica que el terreno de 48,400.00.00 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización Fhiladelfi a I Etapa, se encuentra totalmente consolidada respecto al área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 14.MAYO.2007, aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, conforme al Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo, califi cando al terreno materia de tráimte con zonifi cación: Zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM; Que, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, que aprueba el Sistema Vial Metropolitano, el terreno se encuentra afectado por vías metropolitanas de nivel vía expresa, como es la Av. Canta Callao; y respecto a las vías locales se tiene que sobre el terreno se propone la continuidad de las vías colindantes que han defi nido los derechos de vías existentes, así como su conexión a través de estas calles locales con la Av. Canta Callao; que las vías locales propuestas se denominan: Calle 1, Calle 2, Calle 4, Calle 5 y Calle B con una sección D-D de 11.40 m., Pasaje S/N con una sección F-F con 6.00 m., Prolongación Av. Pacasmayo con sección variable D-D de 11.40 m. y C-C de 15.40 m., cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; y con relación a los aportes reglamentarios, en aplicación a lo establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones urbanas declaradas de ofi cio no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitación Urbana; pero ésta contempla un área reservada para Recreación Pública ( Parque), por lo que la propuesta resulta Conforme; Que, el Informe Nº 1429-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898 y Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; y con las facultades conferidas por la Resolución de Alcaldía Nº 211-2014/MDSMP (19. SETIEMBRE.2014); RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con