Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2014 (08/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Articulo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de noviembre del presente ano, se excluya los Distritos de Ancon y MORDAZA MORDAZA de la competencia territorial del 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente de MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo Tercero.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte realice las siguientes acciones administrativas: a) Disponer, a partir del 16 de octubre de 2014, el cierre de turno para el 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, respecto de los expedientes provenientes de los Distritos de Ancon y MORDAZA Rosa. b) Disponer, a partir del 16 de octubre de 2014, el cierre de turno para el 3° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, respecto de los expedientes provenientes del Distrito de MORDAZA Piedra. c) Disponer que el 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA remitan al 3° Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, los expedientes provenientes de los Distritos de Ancon y MORDAZA MORDAZA, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 15 de octubre de 2014; asi como aquellos que a dicha fecha se encuentren en calificacion. d) Disponer que el 3° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA remita al 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito, los expedientes provenientes de la referida localidad, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 15 de octubre de 2014; asi como aquellos que a dicha fecha se encuentren en calificacion. e) Disponer que los expedientes del 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, provenientes de los Distritos de Ancon y MORDAZA MORDAZA, que al 15 de octubre de 2014 se encuentren expeditos para sentenciar, MORDAZA debidamente resueltos y notificados a mas tardar el 31 de octubre del presente ano. f) Disponer que los expedientes del 3° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, provenientes de dicho distrito, que al 15 de octubre de 2014 se encuentren expeditos para sentenciar, MORDAZA debidamente resueltos y notificados a mas tardar el 31 de octubre del presente ano. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA Norte y Ventanilla - MORDAZA Noroeste, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1147105-7 VISTA:

El Peruano Miercoles 8 de octubre de 2014

La Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 289-2014-CE-PJ de fecha 27 de agosto de 2014 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 12 de setiembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Ley contra el Crimen Organizado Nº 30077, tiene como objeto fijar las reglas y procedimientos relativos a la investigacion, juzgamiento y sancion de los delitos cometidos por organizaciones criminales, asi mismo la Ley 30133, la cual modifica la primera y tercera disposiciones complementarias finales de la acotada ley, ha establecido que la misma entrara en vigencia el 01 de MORDAZA de 2014. Segundo: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 228-2014-CE-PJ de fecha 27 de junio de 2014 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creacion de sesenta organos jurisdiccionales, a nivel nacional, para la implementacion de la Ley Nº 30077 ­ Ley Contra el Crimen Organizado. Tercero: Para la implementacion de la acotada Ley, mediante documento de vista el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvio crear a partir del 01 de setiembre de 2014, los siguientes organos jurisdiccionales en este Distrito Judicial: a) MORDAZA y Tercer Juzgado de la Investigacion Preparatoria, ambos con sede en Independencia; y con competencia territorial que los demas Juzgados de Investigacion Preparatoria existentes; b) Primer y MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal, con sede en Independencia; y con la misma competencia territorial que los demas Juzgados Penales Unipersonales existentes; y, c) Primera Sala Penal de Apelaciones, con sede en Independencia; y con la misma competencia territorial que la Sala Penal de Apelaciones existente. Cuarto: Que, en su articulo MORDAZA resuelve modificar la nomenclatura de los siguientes organos jurisdiccionales: a) MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal, en adicion a sus funciones MORDAZA Juzgado de la Investigacion Preparatoria a MORDAZA Juzgado Especializado Penal, en adicion a sus funciones como MORDAZA Juzgado de la Investigacion Preparatoria; b) MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal; en adicion a sus funciones Primer Juzgado Penal Unipersonal; a MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal; en adicion a sus funciones Tercer Juzgado Penal Unipersonal. c) Decimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal, en adicion a sus funciones Tercer Juzgado Penal Unipersonal a Decimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal, en adicion a sus funciones 5º Juzgado Penal Unipersonal. d) Primera Sala Superior Especializada en lo Penal ­ Reos Libres, en adicion a sus funciones Sala Penal de Apelaciones, a Primera Sala Superior Especializada en lo Penal, en adicion a sus funciones MORDAZA Sala Penal de Apelaciones. Quinto: De igual modo, en su articulo MORDAZA, faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para que puedan encargar en adicion a sus funciones, a los organos jurisdiccionales creados por la presente resolucion, el conocimiento de los procesos tramitados dentro de las Leyes Nº 29574 y 29648, en forma equitativa buscando la optimizacion de los recursos; asimismo, los procesos en el MORDAZA del Codigo de Procedimientos Penales de 1940, como parte de la politica de descarga procesal del Distrito Judicial; en este ultimo caso, hasta que los organos jurisdiccionales creados equilibren su carga con el Codigo Procesal Penal. Sexto: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna del mismo como Titular de la Unidad Ejecutora, por lo que, entre otros tiene entre sus funciones la de cautelar la pronta administracion de justicia, en beneficio del usuario judicial y en virtud de dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los magistrados provisionales y supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Setimo: Siendo asi, corresponde dictar las disposiciones administrativas correspondientes a efectos de cumplir con lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de acuerdo a Ley Nº 30077 y su modificatoria dada por Ley Nº 30133.

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformacion de la Primera Sala Penal de Apelaciones, disponen el cambio de nomenclatura de diversos organos jurisdiccionales, dan por concluida designacion y designan magistrados en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 578-2014-P-CSJLN/PJ Independencia, tres de octubre del ano dos mil catorce.-

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