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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (08/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 8 de octubre de 2014 534366 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 212-2014/SUNAT, se dispuso la reorganización del actual Instituto Aduanero y Tributario – IAT por un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, dejándose en suspenso diversos artículos del ROF referidos a las unidades orgánicas de dicho Instituto; Que, en tanto culmine la reorganización y se apruebe la modifi cación de sus funciones, se ha estimado conveniente asignar a la Intendencia Nacional de Recursos Humanos las funciones relativas a la formación, capacitación y especialización externas del personal de la Institución; De conformidad con lo establecido en los literales p) y s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Asignar a la Intendencia Nacional de Recursos Humanos las funciones comprendidas en los artículos 291º al 299º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT relativas a la formación, capacitación y especialización externa del personal de la Institución, incluyendo las que provienen de normas de cumplimiento obligatorio, y todos los aspectos pendientes en relación con dichas funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUYO CARBAJAL Superintendente Nacional (e) 1147820-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento temporal del 3º Juzgado Mixto Permanente de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 335-2014-CE-PJ Trujillo, 26 de setiembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 774-2014-GO-CNDP-CE/PJ e Informe Nº 113-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y Ofi cio Superior Nº 152-2014-P-CSJPU/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Órgano de Gobierno del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 031- 2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modifi catorias, establece normas para la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fi n de alcanzar una efectiva descongestión de expedientes. Tercero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 245- 2012-CE-PJ de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estándares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia. Cuarto. Que por Resolución Administrativa Nº 287- 2013-CE-PJ de fecha 28 de noviembre de 2013, se dispuso la reubicación del 2º Juzgado Mixto de la Provincia de Melgar, como 3º Juzgado Mixto del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno, por un periodo de seis meses, a partir del 1 de enero hasta el 30 de junio del presente año. Asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 218-2014-CE-PJ del 27 de junio del año en curso, se prorrogó del 1 de julio y hasta el 30 de setiembre del presente año, el funcionamiento temporal del referido órgano jurisdiccional. Quinto. Que, en ese contexto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno somete a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de funcionamiento del mencionado juzgado mixto por un periodo de cuatro meses, sustentando su petición en la necesidad de continuar con la descarga procesal. Sexto. Que, la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha efectuado la respectiva evaluación en base a la información estadística registrada y disponible en los sistemas informáticos de este Poder del Estado, recomendando la prórroga del funcionamiento del 3º Juzgado Mixto Permanente de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno. Sétimo. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 809-2014 de la trigésimo cuarta sesión extraordinaria descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de octubre de 2014 y hasta el 31 de enero de 2015, el funcionamiento temporal del 3º Juzgado Mixto Permanente de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1147105-4