Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2014 (10/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Viernes 10 de octubre de 2014

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VISTOS: El Oficio Nº 1859-2014-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 1217-2014-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 23 de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, el articulo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica, o implementar una politica publica especifica, en el ambito de competencia de la entidad a que pertenecen; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobo mediante Resolucion Ministerial Nº 179-2012-TR el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; mediante Resolucion Ministerial Nº 202-2012-TR el MORDAZA de Operaciones del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "Vamos Peru"; y, mediante Resolucion Ministerial Nº 226-2012-TR el Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"; Que, en ese sentido, los manuales citados en el considerando anterior, contemplan dentro de su estructura organizacional a Unidades Zonales, las que estan a cargo de un Jefe Zonal; Que, en merito a lo expuesto, resulta necesario establecer reglas de transparencia y gestion relativas a la designacion de los jefes zonales de los referidos programas, que permitan una adecuada organizacion en la institucion, resultando necesario emitir el acto de administracion interna que modifique los manuales operativos aprobados mediante las resoluciones citadas en el tercer considerando; Con las visaciones del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral; del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra"; del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU"; del Director Ejecutivo del Programa Para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "TRABAJA PERU"; de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Recursos Humanos y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el articulo 24 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" aprobado por Resolucion Ministerial Nº 179-2012-TR; el articulo 21 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "Vamos Peru" aprobado por Resolucion Ministerial Nº 202-2012-TR; y, el articulo 25 del Manual de Operaciones del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" aprobado por Resolucion Ministerial Nº 226-2012-TR, conforme a los anexos 1, 2 y 3 que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Disponer que la presente Resolucion Ministerial y los anexos 1, 2 y 3 se publiquen en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1148300-2

de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aplicando el criterio establecido en el citado articulo 2 del Decreto Supremo Nº 015-2013-TR, remite el listado de empresas a nivel nacional que, segun la Planilla Electronica, registran de uno a diez trabajadores, considerando el promedio de trabajadores registrados en dicha base de datos, los doce ultimos meses anteriores al 30 de junio de 2014; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir la resolucion ministerial que aprueba el listado de microempresas que se encuentran bajo la competencia de los gobiernos regionales en materia de inspeccion del trabajo en aquellas regiones en las que inicien funciones las intendencias regionales de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral (SUNAFIL) durante el ano 2015; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Direccion General de Politicas de Inspeccion del Trabajo, de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de organizacion y funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el literal d) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; el articulo 3 y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral (SUNAFIL), modifica la Ley 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo, y la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 015-2013-TR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Listado de microempresas que son fiscalizadas por los gobiernos regionales durante el ano fiscal 2015" que, en anexo adjunto, forma parte de la presente resolucion ministerial. Las microempresas comprendidas en el referido listado estan bajo el ambito de competencia de los gobiernos regionales en aquellas regiones en donde inicie funciones la correspondiente intendencia regional de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral (SUNAFIL) durante el ano 2015. En aquellas regiones en donde no se implementen dichas intendencias, los gobiernos regionales mantienen su competencia fiscalizadora respecto a todas las empresas y empleadores ubicados en su ambito territorial. Articulo 2.- Disponer la publicacion de la presente resolucion ministerial y de su anexo en el MORDAZA institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www. trabajo.gob.pe) en la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1148300-1

Modifican los Manuales de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra", del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "Vamos Peru" y del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 215-2014-TR MORDAZA, 9 de octubre de 2014

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