Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

534528
CONSIDERANDO: Que, la "Enmienda Nº Ocho al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru (Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0423)", suscrita el 26 de agosto de 2014, en la MORDAZA MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Nº Ocho al Convenio de Donacion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica del Peru (Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0423)", suscrita el 26 de agosto de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la referida Enmienda, asi como su fecha de entrada en vigencia. Articulo 3º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

Ano Fiscal 2014, Fuente: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, contenido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a los organismos y segun los montos que se senalan a continuacion:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En nuevos soles) 80,066.34 43,294.19 MINISTERIO DEL AMBIENTE 34,097.64

PERSONA JURIDICA Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - CMNUCC Protocolo de Kyoto Convencion de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacion Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente ­ PNUMA (Fondo de Contribuciones de la Red de Formacion Ambiental para MORDAZA Latina y el Caribe)

28,000.00

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

1149008-4 DECRETO SUPREMO Nº 051-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014" de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el ano fiscal 2014; Que, conforme al inciso 1.3 del articulo 1 de la Ley Nº 30114, las cuotas internacionales contenidas en el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014" podran ser modificadas, previa evaluacion y priorizacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, conforme al Memorandum N° 079-2014-OGCI/ MINSA de fecha 06 de febrero de 2014, de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, se ha presentado un diferencial cambiario respecto del pago de las cuotas correspondientes al ano fiscal 2013 que se abonaron a la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS) y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS); Que, el Ministerio de Salud no se encuentra incluido en el referido Anexo B, y toda vez que se requiere incluir el pago de la cuota a la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS) y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS), por concepto de pago de cuotas del ano 2014 por los montos de S/. 1'868,419.49 y S/. 553,769.56, respectivamente; y del diferencial cambiario respecto de los pagos de las cuotas del ano 2013, hasta por los montos de S/. 13,377.93 y S/. 4,756.65 respectivamente, a cargo del Ministerio de Salud; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluacion y priorizacion correspondiente, se ha considerado pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; a efecto de atender el pago de las cuotas a favor de la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS) y del Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS); En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru;

1149008-3

Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014, de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a efecto de atender el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
DECRETO SUPREMO Nº 050-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114 se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, en cuyo Anexo B: "Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014", se detallan las entidades u organismos y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser pagadas durante el Ano Fiscal 2014; Que, el numeral 1.3 del articulo 1° de la precitada Ley, establece que previa evaluacion y priorizacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, realizada la evaluacion y priorizacion correspondiente, se estima necesario modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014, Fuente: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, contenido en la Ley Nº 30114, a efectos de atender el pago de cuotas a organismos internacionales que no fueron previstos en su oportunidad, sin irrogar mayores recursos presupuestados al Sector Ambiental; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Adicion Agreguese al Anexo B: Cuotas Internacionales -

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.