Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

534534
Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debera presentar al Despacho Ministerial, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion y sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 112 "Transporte Aereo de Carga"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, sin recibirse recomendaciones o comentarios, siendo necesario expedir el acto que apruebe la modificacion de la MORDAZA, la que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 14472013-MTC/12.04, N° 588-2013-MTC/12.08 y Nº 909-2013MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 112 "Transporte Aereo de Carga", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA PAVIC MORDAZA Director General de Aeronautica Civil SUB PARTE A: NORMAS TRANSPORTE AEREO DE CARGA Seccion: 112.5 El MORDAZA del Transporte Aereo de Carga a) El contrato de transporte aereo MORDAZA desde la aceptacion de la carga en origen hasta su entrega, al destinatario y/o su representante, en el terminal de carga de la aerolinea o el designado por MORDAZA, previo cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Aduanas y su Reglamento. b) En caso el destinatario no designe expresamente el terminal de almacenamiento primario para almacenar su carga, la aerolinea designara dicho terminal cuyos costos seran asumidos por el primero. c) El transporte aereo internacional es regulado por el "Convenio para la Unificacion de Ciertas Reglas para el Transporte Aereo Internacional" suscrito en Montreal en 1999, por la Ley de Aeronautica Civil y su Reglamento, la Ley General de Aduanas y su Reglamento y por lo senalado en la presente RAP. d) El transporte aereo nacional se rige por lo normado en la Ley de Aeronautica Civil, su reglamento, la Ley General de Aduanas y su Reglamento y por lo senalado en la presente RAP. e) En el Apendice 1, se esquematiza el MORDAZA de exportacion e importacion. RELATIVAS AL

1149010-9

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 112 "Transporte Aereo de Carga"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 438-2014-MTC/12
MORDAZA, 23 de septiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 625-2013-MTC/12, del 13 de diciembre de 2013, se aprobo la difusion a traves de la

1147867-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.