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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534717 vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 7 de julio de 2014 (fojas 02), Américo Portillo Chuquimamani, alcalde de la Municipalidad Distrital de Vilque Chico, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 014-2014-MDV/CM, de fecha 8 de agosto de 2014 (fojas 05 y 06), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que el alcalde Américo Portillo Chuquimamani, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, procede convocar al primer regidor David Condori Mamani, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 02026255, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Brígida Olinda Apaza Machaca, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 43824048, candidata no proclamada del movimiento regional Reforma Regional Andina Integración, Participación Económica y Social Puno, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancané, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Américo Portillo Chuquimamani, alcalde de la Municipalidad Distrital de Vilque Chico, provincia de Huancané, departamento de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a David Condori Mamani, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 02026255, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Vilque Chico, provincia de Huancané, departamento de Puno, mientras esté vigente la licencia concedida a Américo Portillo Chuquimamani, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Brígida Olinda Apaza Machaca, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 43824048, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Vilque Chico, provincia de Huancané, departamento de Puno, mientras dure la encargatura de David Condori Mamani, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1150248-4 Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Ocobamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 2026-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02223 OCOBAMBA - LA CONVECIÓN - CUSCO Lima, veintiuno de agosto de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 085/2014-A-MDO-LC, presentado el 13 de agosto de 2014 por Alejandro Zúniga Palomino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco, comunicando la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a la regidora Zenaida Sequeiros Salas. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 22 de junio de 2014 (fojas 03), Zenaida Sequeiros Salas, regidora del Concejo Distrital de Ocobamba, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo Municipal Nº 036/2014-A-MDO-LC, de fecha 6 de agosto de 2014 (fojas 02), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que la regidora Zenaida Sequeiros Salas, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo distrital, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, correspondiendo convocar a Leonardo Sánchez Avendaño, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 24462476, candidato no proclamado del partido político Partido Democrático Somos Perú, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Zenaida Sequeiros Salas, regidora del Concejo Distrital de Ocobamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco, mientras esté vigente la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Leonardo Sánchez Avendaño, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 24462476, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ocobamba,