Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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MORDAZA, Defensor del Pueblo (e), sobre hechos de violencia suscitados en la provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, con relacion a las Elecciones Regionales y Municipales 2014, y el Oficio N° 996-2014-REGPOLANCASH/SEC, recibido el 9 de octubre de 2014, suscrito por el General PNP MORDAZA Sosimo MORDAZA MORDAZA, jefe de la Region Policial MORDAZA, informando sobre alteracion del orden publico en citada provincia. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 24 de enero de 2014, el Presidente de la Republica convoco a elecciones regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales de los departamentos de toda la Republica y de la provincia constitucional del Callao, asi como a elecciones municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el MORDAZA, para el MORDAZA 5 de octubre de 2014. 2. Con la Resolucion N° 082-2014-JNE, de fecha 5 de febrero de 2014, el MORDAZA Nacional de Elecciones establecio 96 circunscripciones administrativo-electorales, con sus respectivas sedes, sobre las cuales se encuentran constituidos igual numero de Jurados Electorales Especiales (JEE) correspondientes a este MORDAZA electoral, entre ellos, el JEE de Recuay, con sede en el distrito de Recuay (Recuay, Ancash), con competencia en la provincia de Recuay y los distritos de la provincia de Aija. Este JEE fue instalado el 1 de junio de 2014 y han venido ejerciendo sus funciones con normalidad hasta los comicios realizados el pasado 5 de octubre de 2014. 3. Con fecha 7 de octubre de 2014, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente del JEE de Recuay, informo sobre el peligro inminente que sufrian los trabajadores del citado organo jurisdiccional electoral asi como el local institucional, debido a los reclamos airados y violentos de una parte de la poblacion de dicha provincia, motivo por el cual tuvieron que trasladarse fuera de la provincia de Recuay, conjuntamente con la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Recuay a la MORDAZA de Huaraz. 4. Asi tambien, con el Oficio N° 996-2014-REGPOLANCASH/SEC, recibido el 9 de octubre de 2014, el General PNP MORDAZA Sosimo MORDAZA MORDAZA, jefe de la Region Policial MORDAZA, se confirma la informacion brindada por el presidente del JEE de Recuay. 5. En el citado oficio, se informa sobre la gestacion de acciones de protesta en la provincia de Recuay, lo que podria desencadenar en hechos de violencia (toma de locales, destruccion e incendio del local del JEE y de la ODPE y de otras instituciones), asi como del bloqueo de la via PativilcaHuaraz (provincia de Recuay), por ello solicita que se disponga que la ODPE y JEE de dicha circunscripcion MORDAZA trasladadas a la MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de salvaguardar la integridad fisica de los funcionarios y personal de dichos organos, asi como del material electoral y otros bienes. 6. De igual manera a traves del el Oficio N° 0468-2014/ DP, recibido con fecha 13 de octubre de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Defensor del Pueblo (e), solicita al MORDAZA Nacional de Elecciones evaluar el pedido del jefe policial de MORDAZA, a fin de que el local del JEE de Recuay sea trasladado a la mayor brevedad a la MORDAZA de Huaraz. 7. El orden publico durante los procesos electorales, debe ser controlado por la Policia Nacional, en coordinacion con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 186 de la Constitucion Politica del Peru, asi como los articulos 40 de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, y 5, literal f, de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, es competente para dictar instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios, debiendo tales disposiciones ser de cumplimiento obligatorio por parte de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional. Sin embargo, no obstante los reiterados pedidos que este MORDAZA Nacional de Elecciones ha efectuado para que se dote de suficiente resguardo a los JEE, el numero de efectivos policiales ha sido insuficiente para disuadir, primero, y controlar, despues, los actos vandalicos producidos con posterioridad al sufragio. 8. Asi, los sucesos de violencia senalados por la autoridad policial en la provincia de Recuay importan una amenaza cierta e inminente contra la MORDAZA e integridad de los miembros y personal que labora en el respectivo

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

JEE, asi como un estado de inseguridad para los bienes y documentos que se custodian dentro de su local, al no existir las condiciones de control del orden publico que permitan asegurar una pacifica, normal, MORDAZA y regular realizacion de sus labores en cumplimiento de las funciones que les atribuyen las leyes electorales. 9. En vista de ello, es de suma necesidad adoptar las medidas inmediatas que permitan dar continuidad al funcionamiento de dicho organo electoral jurisdiccional en un entorno seguro, ya que en la actualidad dicho JEE tiene en tramite, 2 pedidos de nulidad, 17 tachas de miembros de mesa, y 13 expedientes sobre actas observadas en periodo de impugnacion. 10. En tal sentido, este Colegiado ha evaluado las particularidades geograficas de la MORDAZA y las condiciones de seguridad que ofrecen las ciudades aledanas, y considera pertinente disponer el traslado de la sede del JEE de Recuay, a fin de no paralizar el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014 en los distritos electorales sobre los que estos ejercen su competencia. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- AUTORIZAR el traslado temporal de la sede del MORDAZA Electoral Especial de Recuay a la MORDAZA de MORDAZA, en el departamento de MORDAZA, debiendo ubicarse en el local del MORDAZA Electoral Especial de Huaraz. Articulo Segundo.- PRECISAR que el traslado autorizado en el articulo precedente tiene caracter temporal. Esta medida se mantendra el tiempo que duren las acciones conducentes a controlar y restablecer el orden publico en la localidad de Recuay. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion General de Recursos y Servicios del MORDAZA Nacional de Elecciones implemente, en el mas breve plazo, los mecanismos necesarios para el referido traslado. Articulo Cuarto.- EXHORTAR al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a disponer las medidas necesarias para el control del orden publico hasta la proclamacion de resultados y culminacion del MORDAZA electoral, de acuerdo a su competencia. Articulo Quinto.- EXHORTAR al senor Ministro del Interior a adoptar las medidas necesarias y urgentes que garanticen la seguridad y el control del orden publico en la localidad de Recuay, asi como a reforzar la presencia policial en las sedes de los demas Jurados Electorales Especiales instalados en todo el territorio nacional. Articulo Sexto.- EXHORTAR a la poblacion a mantener la calma y a utilizar los mecanismos legales para la solucion de sus reclamos, asi como a aceptar con tolerancia los resultados de los comicios, como necesaria practica de la MORDAZA democratica. Articulo Setimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Republica, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, Poder Judicial, del Ministerio Publico, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y del MORDAZA Electoral Especial de Recuay, para los fines que se estime pertinentes. Articulo Octavo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1150248-12

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