Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2014 (15/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 15 de octubre de 2014

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Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, resuelve delegar en el Director de la Oficina de Asesoria Juridica, la facultad de autorizar la publicacion en el diario oficial "El Peruano", la relacion de concesiones mineras cuyos titulos se encuentren aprobados, segun lo dispuesto en los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC con el Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, correspondiendole al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; y Con la visacion de la Direccion de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:

y certificacion de competencias implementados, para garantizar la calidad del servicio educativo"; Que, como consecuencia del cumplimiento de revisar la normativa sobre modelos y procedimientos para la acreditacion de instituciones educativas publicas y privadas, se ha advertido que la misma requiere ser modificada y actualizada, con la finalidad de contar con un MORDAZA tecnico legal que regule de manera adecuada el procedimiento orientado a la obtencion de la acreditacion en mencion; Que, en atencion a lo MORDAZA expuesto y en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, mediante Acuerdo Nº 026-2014-CDAH, de sesion del 3 de octubre 2014, se acordo suspender la normativa para la acreditacion de instituciones educativas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditacion, en tanto se concluya con la evaluacion y aprobacion de los nuevos instrumentos tecnicos normativos que regulen la acreditacion; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Culminar los procesos de evaluacion con fines de acreditacion que se encuentren iniciados a la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Suspender la aplicacion de la normativa referida a la acreditacion de instituciones educativas publicas y privadas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditacion, en tanto se concluya con la evaluacion y aprobacion de los nuevos instrumentos tecnicos normativos que regulen la acreditacion. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1149169-1

Articulo Unico.- Publiquese en el diario oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Setiembre del ano 2014, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolucion se publicara en el MORDAZA Institucional del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico (www. ingemmet.gob.pe). Registrese y publiquese. MORDAZA CHACALTANA MORDAZA Directora Oficina de Asesoria Juridica 1149184-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Directiva que modifica las Directivas Nº 001-2009/TRI-INDECOPI "Procedimiento de Queja por Defectos de Tramitacion" y Nº 002-2009/TRIINDECOPI "Procedimiento de Abstencion y Recusacion"
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DIRECTIVA Nº 002-2014/TRI-INDECOPI MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2014 I. OBJETIVO Concordar las Directivas Nº 001-2009/TRIINDECOPI (Procedimiento de queja por defectos de tramitacion) y 002-2009/TRI-INDECOPI (Procedimiento de abstencion y recusacion) con la nueva conformacion de MORDAZA del Tribunal del Indecopi introducida por el Decreto Supremo Nº 107-2012PCM (que modifico el articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi) y dotar de mayores herramientas normativas aplicables a la

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Disponen la publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de setiembre del ano 2014
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2014-INGEMMET/SG-OAJ MORDAZA, 10 de octubre de 2014 VISTO, el Memorando N° 607-2014-INGEMMET/ DCM, de fecha 10 de Octubre de 2014 formulado por la Direccion de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Setiembre del ano 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Publico de Mineria, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicara mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 1082012-INGEMMET/PCD de fecha 05 de MORDAZA de 2012, la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geologico,

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