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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (15/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534702 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Asignan Gerente Público al Congreso de la República en el cargo de Jefe de Oficina de la Oficina de Tecnologías de Información RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 208-2014-SERVIR-PE Lima, 13 de octubre de 2014 VISTO, el Informe N° 195-2014-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12° del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 005-2014-SERVIR-PE, el señor Víctor Rolando Gálvez Mejía fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante Ofi cio Nº 004-2014-2015-PRE/CR, la Presidenta del Congreso de la República solicita la asignación de Gerentes Públicos para ocupar, entre otros, el cargo Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de Información (sic) de la referida entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión N° 036-2014 aprobó la asignación del Gerente Público Víctor Rolando Gálvez Mejía al cargo Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Tecnologías de Información del Congreso de la República del Perú; dicho cargo de destino fue formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2014- SERVIR-PE; Que, conforme a los Memorándum Nº 017-2014- SERVIR/GG-OPP y N° 188-2014-SERVIR/GG-OPP la asignación señalada en el párrafo anterior cuenta con disponibilidad presupuestal; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM y modificatorias; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO Víctor Rolando Gálvez Mejía Jefe de Ofi cina de la Ofi cina de Tecnologías de Información Congreso de la República del Perú Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Congreso de la República del Perú, se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1150184-1 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Suspenden aplicación de normativa referida a la acreditación de instituciones educativas públicas y privadas, carreras y especialidades, en lo concerniente al inicio de nuevos procesos de acreditación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 009-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 10 de octubre del 2014. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria publicada el 09 de julio 2014, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al Consejo Superior y los órganos operadores del sistema; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, de fecha 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7º de la resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene la función de “Culminar el proceso de acreditación de las instituciones educativas públicas y privadas que se encuentren en proceso y cumplan con los requisitos establecidos”; Que, de otro lado, el literal c) del artículo indicado establece como función del Consejo Directivo Ad Hoc “Revisar y evaluar los modelos de acreditación