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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (15/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534700 de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifi esta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, de acuerdo al Informe Nº 2837-2014-MTC/15.03. AA.CITV, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa GNV METROPOLITANO S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada GNV METROPOLITANO S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión y operar en el local ubicado en la Av. Canto Grande Mz H Lt. 14-A Parc.Sem.R. Canto Grande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Segundo.- La empresa GNV METROPOLITANO S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 18 de agosto de 2015 Segunda Inspección anual del taller 18 de agosto de 2016 Tercera Inspección anual del taller 18 de agosto de 2017 Cuarta Inspección anual del taller 18 de agosto de 2018 Quinta Inspección anual del taller 18 de agosto de 2019 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo Tercero.- La empresa GNV METROPOLITANO S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2015 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2016 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2017 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2018 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2019 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABEL ALVARADO HUERTAS Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1148375-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 125-2014 Lima, 10 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, PROINVERSIÓN ha recibido la invitación para participar en el evento denominado “6th China Overseas Investment Fair”, a realizarse en la ciudad de Beijing, República Popular China, entre los días 23 y 24 de octubre de 2014; Que, aprovechando que el evento descrito en el considerando precedente ha generado un importante espacio de contacto con representantes de sectores gubernamentales, así como funcionarios y profesionales del sector privado, se ha previsto la realización de reuniones bilaterales a realizarse en la ciudad de Beijing, República Popular China, los días 23 y 24 de octubre del presente año; Que, en función a lo expresado en los considerandos precedentes, se ha visto por conveniente la participación en las citadas actividades del señor Eloy Manuel Suárez Mendoza, Jefe del Proyecto “Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas” de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN; Que, mediante Informe Técnico Nº 27-2014-DSI del 07 de octubre del presente año, la Directora (e) de Servicios al Inversionista señala que el objetivo del viaje a la ciudad de Beijing, República Popular China, es participar en el evento denominado “6th China Overseas Investment Fair”, así como asistir a las reuniones bilaterales programadas; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la participación del mencionado funcionario en los referidos eventos, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú;