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El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534721 Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Miguel Quispe Tipo, consejero del Consejo Regional de Puno, mientras esté vigente la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Fredy Mamani Vera, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 80177851, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Puno, mientras esté vigente la licencia concedida a Miguel Quispe Tipo, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1150248-10 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros del Consejo Regional de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 2113-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00883 CAJAMARCA Lima, veintidós de agosto de dos mil catorce VISTO el Ofi cio Múltiple N.º 38-2014-GR.CAJ-CR/SCR y el Ofi cio N.º 166-2014- GR.CAJ-CR/SCR, presentados el 16 de julio y 19 de agosto de 2014, por Paola Karina Jáuregui Iparraguirre, secretaria del consejo regional, comunicando las licencias, sin goce de haber, concedidas a Wilder Elmer Chilón Sánchez, Jesús García Lozano y Shander Artemio Rodríguez Rodríguez, consejeros del Consejo Regional de Cajamarca. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fechas 2 y 3 de julio de 2014 (fojas 10 a 12), Wilder Elmer Chilón Sánchez, Jesús García Lozano y Shander Artemio Rodríguez Rodríguez, consejeros del Consejo Regional de Cajamarca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, respectivamente, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos Regionales Nº 043-2014-GR.CAJ-CR, Nº 044-2014-GR.CAJ-CR y Nº 045-2014-GR.CAJ-CR, de fecha 8 de julio de 2014 (fojas 02, 03 y 04), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso los consejeros regionales presentaron dentro del plazo legal, las solicitudes de licencia, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0140-2014-JNE y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por lo que resulta procedente convocar a Edwin Infante Tejada, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 28068383, accesitario del consejero regional Wilder Elmer Chilón Sánchez; a Jorge Humberto Figueroa Alcántara, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 41811749, accesitario del consejero regional Jesús García Lozano; y, a José Vlademir Medina Polo, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 46625107, accesitario del consejero regional Shander Artemio Rodríguez Rodríguez, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Cajamarca, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuman temporalmente los cargos de consejeros regionales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Wilder Elmer Chilón Sánchez, Jesús García Lozano y Shander Artemio Rodríguez Rodríguez, consejeros del Consejo Regional de Cajamarca, mientras estén vigentes las licencias concedidas. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Edwin Infante Tejada, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 28068383, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Cajamarca, mientras esté vigente la licencia concedida a Wilder Elmer Chilón Sánchez, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Jorge Humberto Figueroa Alcántara, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 41811749, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Cajamarca, mientras esté vigente la licencia concedida a Jesús García Lozano, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a José Vlademir Medina Polo, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 46625107, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Cajamarca, mientras esté vigente la licencia concedida a Shander Artemio Rodríguez Rodríguez, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1150248-11 Autorizan traslado temporal de la sede del Jurado Electoral Especial de Recuay a la ciudad de Huaraz, en el departamento de Áncash RESOLUCIÓN N° 3081-2014-JNE Lima, trece de octubre de dos mil catorce VISTOS el Ofi cio N° 0468-2014/DP, recibido con fecha 13 de octubre de 2014, suscrito por Eduardo Vega