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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (15/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Miércoles 15 de octubre de 2014 534737 Que, el segundo párrafo del Artículo 36º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que las normas y disposiciones de los gobiernos regionales, se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa. Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 018, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 197-2014, de fecha 18 de setiembre del 2014, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA actualizado, de la Dirección Regional de Educación de Amazonas, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, contenido en 01 anillado. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 233-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 17-04-2009, que aprueba el TUPA reformulado de la Dirección Regional de Educación Amazonas. Artículo Tercero.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 23 días del mes de setiembre del año 2014. PEDRO PABLO VELA VELARDE Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 26 SEP. 2014. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente 1149460-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Plan Estratégico Institucional 2012 - 2021 de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Ofi cio Nº 1426-2014-GOREMAD/PRE, recibido el 13 de octubre de 2014). ORDENANZA REGIONAL Nº 033-2013-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 06 de diciembre del 2013, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, y gozan de la autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el inciso a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, el artículo 38 de la precitada Ley Orgánica, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, el Plan Estratégico Institucional – PEI, es un instrumento orientador de la gestión y del trabajo institucional de una entidad pública que se formula desde una perspectiva multianual, tomando en cuenta la visión de desarrollo, los objetivos estratégicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y los Lineamientos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales. Contiene los objetivos institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el marco de sus competencias. Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece en su artículo 71 que las Entidades, para elaborar sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales deberán contar con un Plan Estratégico Institucional, el mismo que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales, los Planes de Desarrollo Regional Concertados y los Planes de Desarrollo Local, según sea el caso. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) con la fi nalidad de promover el desarrollo de la planifi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado Constitucional de Derecho. Que, mediante Ordenanza regional Nº 026-2012- GRMDD/CR, se modifi ca el Reglamento de Organización y funciones (ROF-2012) de la Sede del GOREMAD, estableciendo, entre otras atribuciones del Presidente Regional, la de “Presentar al Consejo Regional para su aprobación: Plan Estratégico Institucional PEI…”, según lo previene el artículo 27, literal r) subnumeral 3 de dicho documento de gestión institucional. Que, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del GOREMAD, mediante Informe Legal Nº 736-2013- GOREMAD/ORAJ, considera que han sido levantadas las observaciones a la propuesta de Plan Estratégico Institucional, en referencia al Informe Nº 025-2013- GOREMAD-DRS-OEPP-Unid.Planeam.; opinando que corresponde al Consejo Regional evaluar y aprobar dicho instrumento de gestión, en armonía con la normativa pertinente y vigente, el mismo que tiene la siguiente estructura: Rol Estratégico, Diagnóstico Situacional, Líneas Estratégicas y Objetivos Estratégicos al 2021, Acciones permanentes y temporales, y Recursos necesarios para el Periodo, y sus correspondientes Anexos. Que, a efectos de dar atención a lo solicitado mediante Ofi cio Nº 1318-2013-GOREMAD/DRS-DG-OEPP, para la aprobación del Plan Estratégico Institucional 2012-2021, de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, mediante Ordenanza Regional, se ha remitido lo actuado a la Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, la cual se ha pronunciado en sentido favorable a través del Dictamen Nº 006-2013-GOREMAD-CR/CSPDSSCYDC. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, en vía de regularización, el Plan Estratégico Institucional 2012 – 2021 de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios, que consta de la siguiente estructura: Rol Estratégico, Diagnóstico Situacional, Líneas Estratégicas y Objetivos Estratégicos al 2021, Acciones permanentes y temporales, y Recursos necesarios para