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El Peruano Miércoles 22 de octubre de 2014 535644 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiséis de setiembre del dos mil catorce, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1 prescribe lo siguiente: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado”; en tanto el artículo 4 establece: “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono (...)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 60 sobre funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, prescribe lo siguiente: “(...) h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad”. Que, mediante Ofi cio Nº 010-2014-PHP-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 19 de febrero del 2014 emitido por el Consejero Regional Pablo Huacasi Parqui presenta la propuesta normativa de Ordenanza Regional sobre: “CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA”. Que, la Organización Mundial de la Salud, señala que: “El envejecimiento activo es el proceso de optimización de las oportunidades de salud, participación y seguridad con el fi n de mejorar la calidad de vida en medio que las personas envejecen, por lo que se aplica tanto a los individuos como a los grupos de población”. Que, es una necesidad desconcentrar la gestión, aperturar espacios de participación, priorizar los problemas, prever soluciones adecuadas y articular procesos políticos que hagan viable el desarrollo social del Adulto Mayor; por lo que, es importante conformar una Mesa Regional para la atención de personas adultas mayores en la Región Tacna. Asimismo el enfoque de los derechos humanos reconoce el respeto, protección y promoción de los derechos humanos, que constituyen obligaciones primarias del Estado, que son garantizadas por la comunidad internacional, su cumplimiento está protegido por los tratados sobre la materia de los que el Perú es parte. En tal sentido la promoción de una cultura de envejecimiento activo y saludable es una tarea que compromete al Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Local, a la familia, al adulto mayor, a las organizaciones civiles y actores sociales que actúan en defensa de sus derechos. Que, con el Ofi cio Nº 0552-2014-GRDS/GOB.REG. TACNA, de fecha 12 de marzo del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna que remite el Informe Nº 012-2014- WFCL-ABJBG-GRDS/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de marzo del 2014 y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 019-2014-CR-CODS de fecha 22 de setiembre del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de setiembre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREAR LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA, la misma que tiene como objetivo aperturar espacios de participación real, priorizar los problemas, prever soluciones adecuadas y articular procesos políticos que hagan viable el desarrollo social del Adulto Mayor. Artículo Segundo.- LA MESA REGIONAL PARA LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA REGIÓN TACNA estará conformada por los siguientes miembros: 2.1. Presidencia del Gobierno Regional de Tacna o su representante, quien lo presidirá. 2.2. Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a cargo de la Secretaría Técnica. 2.3. Un representante de cada una de las Municipalidades Provinciales de la Región de Tacna. 2.4. Un representante de cada una de las Municipalidades Distritales de la Región de Tacna. 2.5. Presidente de la Junta de Fiscales de Tacna o su representante. 2.6. Un representante de la Corte Superior de Justicia de Tacna. 2.7. Un representante de la Dirección Regional de Educación de Tacna. 2.8. Un representante de la Dirección Regional de Salud de Tacna. 2.9. Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna. 2.10. Un representante de la Defensoría del Pueblo. 2.11. Un representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza. 2.12. Un representante de la Policía Nacional del Perú. 2.13. Un representante del Seguro Social de Salud - ESSALUD. 2.14. Dos representantes de la sociedad civil vinculadas al trabajo de prevención y atención de adultos mayores. 2.15. Un representante de CARITAS - Tacna. 2.16. Otros representantes que la mesa regional considere pertinente. Los miembros titulares de la Mesa Regional para la atención de las Personas Adultas Mayores de la Región Tacna, contarán con sus respectivos alternos, que concurrirán en ausencia del titular. Artículo Tercero.- La Mesa Regional para la atención de las Personas Adultas Mayores de la Región Tacna deberá cumplir con las siguientes funciones: 3.1. Establecer estrategias de acción, así como promover políticas orientadas a la prevención, a efecto de evitar la vulneración de sus derechos en todos los ámbitos de su desarrollo social; debiendo coordinarse para tal efecto con las instituciones públicas, privadas, organizaciones de adultos mayores y la sociedad civil. 3.2. Generar proyectos de recreación, esparcimiento y realizar talleres, a fi n de mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores mediante su participación activa. Artículo Cuarto.- CONFORMAR dentro de la Mesa Regional para la atención de las personas adultas mayores de la Región Tacna, un equipo técnico de vigilancia permanente, con el objetivo de dar seguimiento a los acuerdos que se adopten dentro de la Mesa Regional. Artículo Quinto.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna determine en su Presupuesto los recursos necesarios para la ejecución de lo dispuesto en la presente ordenanza regional. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la instalación y constitución de la Mesa Regional para la Atención de las Personas Adultas Mayores de la Región Tacna, otorgándosele un plazo de sesenta (60) días calendarios contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sétimo.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales participar activamente en la Mesa Regional para