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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (22/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Miércoles 22 de octubre de 2014 535631 RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Carlos Humberto Huamán Ventura, regidor del Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica, mientras esté vigente la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Corina Betti Hostia Vásquez, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 21466891, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica, mientras esté vigente la licencia concedida a Carlos Humberto Huamán Ventura, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1153331-5 Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2303-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02505 PUEBLO LIBRE - LIMA - LIMA Lima, dos de setiembre de dos mil catorce VISTO el Ofi cio Nº 535-2014-MPL-SG, presentado el 22 de agosto de 2014 por Max Silva Alván, secretario general de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, comunicando la licencia, concedida al regidor Marco Antonio Garavito Rentería. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 19 de junio de 2014 (fojas 04), el regidor Marco Antonio Garavito Rentería, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 045-2014-MPL, de fecha 25 de julio de 2014 (fojas 02), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 4 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que el regidor Marco Antonio Garavito Rentería, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Elvia Pilar Serrano Medina, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 06083785, candidata no proclamada del partido político Cambio Radical, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marco Antonio Garavito Rentería, regidor del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, mientras esté vigente la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Elvia Pilar Serrano Medina, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 06083785, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, mientras esté vigente la licencia concedida a Marco Antonio Garavito Rentería, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1153331-6 Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 2308-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02591 JACOBO HUNTER - AREQUIPA - AREQUIPA ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, tres de setiembre de dos mil catorce VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada el 25 de agosto de 2014 por Andrea Sarayasi Tejada, secretaria general (e) de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa, al haberse declarado la vacancia de Ángel Raúl Poco Rodríguez, regidor de la citada comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el procedimiento seguido por Sugey Rodríguez Achire de Jaila. ANTECEDENTES El 1 de agosto de 2014, Sugey Rodríguez Achire de Jaila, solicitó la vacancia de Ángel Raúl Poco Rodríguez, regidor del Concejo Distrital de Jacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica