Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2014 (04/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 4 de setiembre de 2014

531713
US$ US$ Importe 500.00 2,990.00 Dias 10 X X Pers. 8 8 = = US$ US$ 40,000.00 23,920.00 T/C 2.803 2.803 Total S/. 112,120.00 67,047.76 179,167.76

Viaticos Pasajes aereos

Total a pagar por la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru

Importe Viaticos US$ 500.00 Pasajes aereos US$ 2,990.00 Total a pagar por la Region Policial MORDAZA

Dias 10

X X

Pers. 2 2

= =

US$ US$

10,000.00 5,980.00

T/C 2.803 2.803

Total S/. 28,030.00 16,761.94 44,791.94

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1132845-4

RESOLUCION SUPREMA Nº 151-2014-IN MORDAZA, 3 de setiembre de 2014 VISTOS; el mensaje con referencia EXPTE EEEG2/26379/MS/62714/8 de fecha 18 de agosto de 2014, de la Oficina Central Nacional INTERPOL-Madrid; y el Memorandum Multiple Nº 379-2014-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI de fecha 21 de agosto de 2014, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 151-2011-JUS de fecha 20 de MORDAZA de 2011, el Estado peruano accede a la solicitud de extradicion activa del ciudadano espanol MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensaje con referencia EXPTE EEEG2/26379/MS/62714/8 de fecha 18 de agosto de 2014, la Oficina Central Nacional INTERPOL-Madrid, hizo conocer a la Oficina Central Nacional INTERPOL-Lima, que las autoridades espanolas han autorizado la entrega en extradicion a MORDAZA del reclamado MORDAZA MORDAZA Cabrera; en ese sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 322-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 20 de agosto de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, en base a los argumentos y

documentos senalados en la referida Hoja de Estudio y Opinion, estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision de servicios del 6 al 12 de setiembre de 2014, del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uriondo y del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, a fin de que ejecuten la extradicion activa del ciudadano espanol MORDAZA mencionado; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorandum Multiple Nº 379-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 21 de agosto de 2014 la Direccion General de la Policia Nacional del Peru dio su conformidad al viaje al exterior senalado, disponiendo se proceda a la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa correspondiente y senalando que los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aereos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable seran asumidos por el Poder Judicial; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo

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