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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Jueves 4 de setiembre de 2014 531719 Medina López en el cargo de Coordinadora de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, por convenir al servicio, resulta conveniente dar por concluida la citada designación; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación de la abogada MILCA PATRICIA MEDINA LÓPEZ en el cargo de Coordinadora de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1132843-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio de Defensa y a la SUNAT el pago de cuotas a organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2014-RE Lima, 3 de setiembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 840-2014/MINDEF/VPD del Ministerio de Defensa por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice en el año fi scal 2014, el pago de la cuota a la Secretaria General de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) - Centro de Estudios Estratégicos de Defensa (CEED) del Consejo de Defensa Suramericano (CDS); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales con el fin de potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Ministerio de Defensa, el pago de la cuota del año 2013 a dicho Organismo, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 1.3 del artículo 1° de la Ley 30114, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014”, podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relacionas Exteriores a través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, mediante Decreto Supremo N° 037-2014-RE, se modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, incorporando la cuota prevista por el Pliego Presupuestario 026: Ministerio de Defensa, a favor de la Secretaria General de la UNASUR-CEED-CDS, la misma que asciende a S/. 538,704.00 (QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa a efectuar el pago de S/. 538,704.00 (QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES) a la Secretaria General de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) - Centro de Estudios Estratégicos de Defensa (CEED) del Consejo de Defensa Suramericano (CDS), correspondiente a la cuota del año 2013. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1132844-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2014-RE Lima, 3 de setiembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 062-2014-SUNAT/1M0000 de fecha 23 de julio de 2014, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del período comprendido entre el 1° de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 a la Organización Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional;