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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Jueves 4 de setiembre de 2014 531718 SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor JULIO WILFREDO GUZMÁN JARA, en el cargo de Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor FERNANDO BOLAÑOS GALDÓS, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el cargo de Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en tanto se designe a su titular. Artículo 3.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1132845-8 Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional Yachay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2014-MIMP Lima, 3 de setiembre de 2014 Vistos, el Informe Nº 026-2014-MIMP/OGPP-OMI-JFH y la Nota Nº 210-2014-MIMP/OGPP-OMI, de la Ofi cina de Modernización Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, delimitándose sus nuevas competencias y funciones así como su estructura orgánica básica; disponiéndose en su artículo 14 que el Viceministro de Poblaciones Vulnerables ejerce sus funciones respecto de la gestión de los Sistemas asignados, tales como el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente, el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros que se le asigne; Que, el artículo 3 de la referida Ley señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2012- MIMP, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2013- MIMP, se crea el Programa Nacional Yachay en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el objeto de restituir los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de calle, para que logren su desarrollo integral y así prevenir y reducir su exposición a riesgos; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 005-2012-MIMP, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Yachay mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 36 de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública”, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará por lo menos la siguiente información: a) Descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identifi cación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; b) Organización del programa o proyecto: organización, funciones y responsabilidades; c) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación, desembolsos, según corresponda; y d) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (fi nancieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda; Que, mediante Informe Nº 026-2014-MIMP/OGPP- OMI-JFH, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, ha emitido opinión favorable en relación a la propuesta de Manual de Operaciones del Programa Nacional Yachay; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Yachay; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Yachay, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública, el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Yachay que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del Manual de Operaciones aprobado en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1132740-1 Dan por concluida designación de Coordinadora de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2014-MIMP Lima, 3 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 005- 2013-MIMP se designó a la abogada Milca Patricia